Del Sábado, 06 de Septiembre de 2025 al Miércoles, 10 de Septiembre de 2025
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado la sentencia de la Audiencia Provincial de Ávila que había absuelto a un hombre acusado de abusar sexualmente de una menor. Alega "pruebas insuficientes".
La anulación se produce por "motivación insuficiente" la sentencia de la Audiencia Provincial de Ávila, que absolvió del delito de abuso sexual a un hombre de 33 años que mantuvo relaciones con una menor, de 16.
El alto tribunal obliga a devolver la causa a la Audiencia para que dicte una nueva resolución, una vez celebrada una nueva vista oral, que deberá realizarse con magistrados diferentes para "garantizar la imparcialidad", según el tribunal.
De esta manera, la Sala de lo Civil y Penal estima el recurso de apelación interpuesto por la denunciante, al que se sumó el Ministerio Fiscal, por creer que la decisión de la Audiencia Provincial de Ávila, que absolvió al acusado aplicando el principio "in dubio pro reo" el pasado mes de octubre, no está suficientemente justificada en la sentencia.
El tribunal abulense absolvió al hombre de un delito continuado de abusos sexuales a una menor con discapacidad, al creer que las pruebas practicadas eran "insuficientes" para poder acreditar "los hechos objeto de acusación", lo que le llevó a aplicar el principio de presunción de inocencia.
Tanto el fiscal, como la acusación particular, en la vista oral, solicitaron diez años de prisión para el acusado, como presunto autor de una agresión sexual cometida en diciembre de 2020 contra una menor de edad tutelada por la Administración, para la que pedían, además, una indemnización de 20.000 euros.
Durante la vista oral, la defensa pidió la libre absolución del acusado, que había conocido a la menor por estar interna en un centro en el que también residía su sobrino, declarándose inocente tras señalar que fue la víctima la que tomó la iniciativa, al decirle que era mayor de edad.
Pruebas insuficientes
"Por todo lo expuesto, y en resumen, siendo así que las pruebas practicadas son insuficientes, por los motivos ya examinados, para acreditar los hechos objeto de acusación, la única conclusión posible y respetuosa con el principio de presunción de inocencia es que procede dictar sentencia absolutoria para el acusado", concluyó el fallo de la Audiencia Provincial de Ávila.
La sentencia absolvía al hombre del "delito continuado de abuso sexual" del que era acusado, declarando de oficio las costas procesales del presente procedimiento y "dejando sin efecto las medidas cautelares adoptadas".
Según los hechos probados inicialmente, los encuentros entre la joven y el hombre comenzaron cuando ella, entonces menor de edad, se comunicó con él a través de Instagram informándole de su traslado a Ávila y su matriculación en un instituto. Los hechos ocurrieron en diciembre de 2020, cuando ambos se encontraron y, posteriormente, mantuvieron relaciones sexuales en el vehículo del él, sin que hubiera uso de violencia o intimidación, pero bajo circunstancias cuestionables respecto al consentimiento de la joven, quien sufre de una discapacidad emocional del 35%.
La Audiencia Provincial de Ávila había absuelto al hombre argumentando falta de evidencia clara que desvirtuara la presunción de inocencia del acusado, señalando que no estaba probado que ella no consintiera los actos o que el acusado estuviera al tanto de su posible incapacidad para consentir debido a su condición emocional y psicológica.
Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia considera que la sentencia carecía de una motivación suficiente y de una valoración adecuada de la vulnerabilidad de la joven y la diferencia de edad entre ella (16 años) y el acusado (33 años). Además, señaló que debía considerarse la posibilidad de que él conociera la condición de vulnerabilidad de ella, dado su previo conocimiento de su situación en el centro de menores.
Perplejo | Sábado, 20 de Abril de 2024 a las 01:03:37 horas
Este caso demuestra la complejidad de los juicios por abuso sexual y la importancia crítica de tener un sistema judicial robusto y transparente. La decisión de volver a juzgar el caso con un nuevo panel de magistrados es un claro indicativo de que, en situaciones donde los hechos son difíciles de discernir, la justicia debe proceder con la máxima cautela. La reintegración del caso para una nueva revisión podría servir como un recordatorio de que en el sistema legal, el deber de proteger a los más vulnerables debe prevalecer siempre.
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