Imagen del juicio. Imagen del juicio.

Sentencia de la Audiencia Provincial de Ávila

Absueltos el exalcalde de Hoyocasero y su hijo

Marta Gómez Ver comentarios 2 Miércoles, 08 de Febrero de 2023 Tiempo de lectura:

La Audiencia Provincial de Ávila absuelve por mayoría al exalcalde de Hoyocasero, Alejandro Picós, y a su hijo, por un delito de prevaricación en el primer caso y de ordenación del territorio en el segundo.

ESTA INFORMACIÓN SUSTITUYE A LA ANTERIORMENTE PUBLICADA, QUE ERA ERRÓNEA

 

Tras la celebración del juicio, en el mes de noviembre, el tribunal de la Audiencia Provincial deliberó y sometió a votación las condenas de ambos procesados. Sin embargo, no llegaron a un acuerdo y, por lo tanto, no existió conformidad entre los letrados, de tal manera, que dos de los magistrados votaron a favor de la absolución de ambos acusados, mientras que un tercero consideraba que el exalcalde de Hoyocasero no era culpable de los hechos de los que se le acusaban, pero que su hijo sí que habría incurrido en un delito de ordenación del territorio.

 

El juicio se celebró tras la denuncia de un antiguo concejal del Ayuntamiento de Hoyocasero, el cual, aseguraba que el hijo de Alejandro Picós había realizado una construcción presuntamente ilegal al poder tratarse de un domicilio en lugar de la caseta de aperos que se le autorizó desde el Consistorio.

 

El hijo de exalcalde habría solicitado ante el Ayuntamiento de dicha localidad, del que por entonces Alejandro Picós era regidor, una licencia de obra menos para “reformar y ampliar” una caseta de aperos ubicada en una parcela de su propiedad. El acusado también solicitó autorización a la Confederación Hidrográfica del Tajo al afectar la obra a una zona de cauces.

 

Al poco tiempo, recibió la autorización por parte de la Confederación Hidrográfica del Tajo y del Ayuntamiento de Hoyocasero para la ejecución de una caseta de apero con dimensiones de planta de 7x5 metros y porche de acceso.

 

Irregularidades en la licencia

Amparado por esa autorización, el hijo del exalcalde aprovechaba la ocasión para realizar una construcción de edificación nueva, en una ubicación distinta a la caseta de aperos preexistente, aunque con las dimensiones autorizadas, pero asentada sobre una base de hormigón de unos dioez metros de ancho por 12 metros de largo.

 

Además, según un informe de la Guardia Civil, la construcción contaba en su interior con varias habitaciones. En el espacio principal se habría colocado una chimenea, mientras que en otras dos dependencias los agentes habrían encontrado paredes azulejadas con tomas de entrada y salida de agua.

 

Los agentes testificaron en el juicio que aquella construcción se asemejaba a una vivienda y que no eran propias de una caseta de aperos de uso agrícola. La investigación del Seprona arrancó por la querella de por el entonces concejal del Ayuntamiento de Hoyocasero, Félix Jiménez, contra el entonces alcalde por un presunto delito de prevaricación urbanística.

 

Modificaciones en la construcción

A raíz de la actuación del Seprona, el Ayuntamiento de la localidad abrió un expediente sancionador por infracción urbanística, con orden de paralización de las obras al no ajustarse las mismas a la licencia concedida.

 

Fue entonces, cuando el hijo del por entonces alcalde empezó con la documentación necesaria para la legalización de la edificación de nueva construcción, denominada caseta de aperos, y elimino algunas instalaciones como la chimenea, los conductos de fontanería o electricidad.

 

Finalmente, el 6 de julio de 2020, el procesado recibía la licencia de legalización de la edificación. Sobre esta legalización se centró buena parte del juicio aludiendo las defensas que solo se había modificado un 3.3% de la construcción para conseguir esa legalidad.

 

Sentencia absolutoria

Esa posterior legalidad, “es suficiente para sembrar la duda en el órgano sentenciador” sobre la acusación a ambos acusados. Por ello, la Audiencia Provincial de Ávila ha decidido absolver tanto al hijo como a Alejandro Picós, de sus respectivos presuntos delitos, aunque todavía cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

 

Voto en contra

Hay que recordar que uno de los magistrados votó en contra de la sentencia absolutoria para el hijo del exalcalde y solicita una pena de prisión de un año y medio, además de una multa de 24 meses de 200 euros al día e inhabilitación especial para la profesión u oficio de promotor-constructor por tiempo de cuatro años y la demolición de la obra.

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