Del Viernes, 12 de Septiembre de 2025 al Domingo, 14 de Septiembre de 2025
La Audiencia Provincial de Ávila absuelve al alcalde y exalcalde de Mombeltrán de las acusaciones de prevaricación administrativa, por no haber actuado ante las múltiples quejas presentadas por varios vecinos durante dos décadas por ruidos de un bar. La sentencia dice que la denuncia tiene "afirmaciones vagas y genéricas".
El fallo absolutorio de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial contra el actual alcalde de Mombeltrán, Francisco Hernández, y el excalcalde, Julián Navarro, prueba su inocencia frente a la acusación de un vecino de no actuar frente a los supuestos ruidos del bar Esperanza por un presunto delito de prevaricación administrativa y contra el medio ambiente.
La sentencia considera que en el juicio no se aportaron "pruebas suficientes", ya que no se “relatan hechos concretos”, sino “múltiples denuncias y el incumplimiento de la legalidad vigente, lo que entra una muy difícil defensa, pues se desconoce cada hecho y denuncia concreta".
El fallo, contra el que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia, empleo o cargo público por un supuesto delito de prevaricación administrativa, absuelve a los acusados al considerar que “no ha quedado acreditada la comisión de ninguno de los delitos, pues (...) el Código Penal exige (...) un plus de antijuridicidad que aquí dista mucho de que ello se haya producido examinando las pruebas practicadas, pues no se ha agotado la vía administrativa, ni contencioso-administrativa".
"Y el artículo 329.1 del Código Penal exigiría la prueba de un ruido que creara un grave peligro para el bien jurídico protegido, lo que no ha quedado probado por la pericial practicada, por lo que procede la absolución de ambos alcaldes", afirma dice la sentencia.
Período largo y doloroso
“En la sentencia se demuestra que la denuncia era infundada, que se sostenía en falsedades y afirmaciones vagas y genéricas”, ha explicado el actual alcalde tras resultar absuelto. Asimismo, dice que “queda patente que el dueño del establecimiento no pudo ser acusado por ruidos”, por lo que “no puede haber un delito de omisión cuando no existe la acción”.
“Ha concluido un periodo largo y doloroso en el que hemos visto que la única intención de la acusación ha sido cerrar el bar, aunque se llevara por delante a alcaldes y funcionarios”, ha añadido Hernández. Además, ha criticado la posición de la Fiscalía frente a los alcaldes, que ha calificado de “lamentable”.
También ha matizado el alcalde que “según la sentencia no se debería haber llevado a cabo la vía penal, que se reserva para casos graves”, cuando “ni tan siquiera se usó la vía administrativa ni la contencioso-administrativa”. En definitiva, y en palabras del alcalde, este juicio ha sido “un verdadero despropósito”.
Acusaciones
Durante el juicio, la acusación particular calificó los hechos como "constitutivos de un delito contra el medio ambiente y de prevaricación administrativa" concurriendo en ambos acusados como “circunstancia modificada de la responsabilidad criminal”. De este modo, solicitó para cada uno de ellos la pena de tres años de prisión, 24 meses de multa con una cuota diaria de 20 euros (14.600 euros) y una indemnización de 10.000 euros por los daños causados a cada miembro de la unidad familiar del denunciante.
Durante dos décadas, los vecinos se quejaban de los ruidos del interior del bar ‘Esperanza’, posteriormente llamado La Taberna del Villano, que cerró aproximadamente en el 2016. En este periodo de tiempo, el Ayuntamiento de Mombeltrán sólo disponía de un secretario y un alguacil para atender las quejas de los vecinos. Por esta razón, animaban a los denunciantes que acudirán al cuartel de la Guardia Civil para presentar sus denuncias.
El secretario del Ayuntamiento testificó en la vista oral que, durante el periodo de Francisco Hernández, respondió de forma telemática a un total de diez quejas que se pudieron en el Consistorio. Además, el actual alcalde obligó al bar a quitar determinadas mesas de la terraza, así como una televisión, e impuso una multa a la persona que lo regentaba cuando incumplía las ordenanzas municipales.
Francisco Hernández también solicitó el auxilio de la Diputación de Ávila y la Junta de Castilla y León para tratar de poner una solución o poder medir los ruidos procedentes del interior. Por ello, la Fiscalía consideró, durante la segunda sesión del juicio, que existían ciertas dudas sobre la “absoluta pasividad” del edil. En el caso de Julián Martín, la Fiscalía no fue tan flexible, ya que el propio acusado aseguraba “que no había motivos suficientes” para actuar a favor de los denunciantes.
Los agentes de la Guardia Civil declararon que “el ruido registrado procedía únicamente del bullicio surgido de las conversaciones de personas dentro del local en horario de la actividad y encontrándose la puerta abierta”. Además, confirmaron que el malestar de los vecinos podría haberse visto reducido si las ventanas y el acceso del establecimiento estuvieran cerrados.
En la vista oral se manifestó por varios vecinos que tales personas no vivían en el pueblo habitualmente, ni estaban empadronadas y que solo pasaban allí alguna temporada. Un hecho, que la Audiencia Provincial ha podido “constatar debido a que las denuncias solo se han producido en los meses de agosto y septiembre” del 2015.
La sentencia asegura: “se deduce que lo que ocurre simplemente es un mero incumplimiento de las ordenanzas de terrazas, y debido a que el Ayuntamiento no tiene policía local, las denuncias han de ser dirigidas necesariamente a la Guardia Civil para que levante acta de lo que en tales momentos ocurre, o bien el denunciante pruebe al Ayuntamiento que lo que se dice es cierto. Nada de ello ha sucedido, por lo que el alcalde no ha de responder en vía penal”.
Llano | Martes, 20 de Julio de 2021 a las 11:35:50 horas
Sí claro que se quejaban los vecinos de vicio.
Que lástima que el Sr. Juez no viva por allí.
Así se echa a la gente de los pueblos, sí señor.
Esperemos que en el Tribunal de Burgos lo vean de otra manera y estos impresentables Alcaldes que no miran más que por sus intereses acaben condenados y se vayan a sus casas a no destrozar más a su pueblo
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