Lobo abatido en la cacería de Tornadizos en 2015. Lobo abatido en la cacería de Tornadizos en 2015.

La Audiencia asegura que no se tiene en cuenta la presunción de inocencia

Absueltos los dos cazadores que habían sido condenados por matar un lobo

Ávilared Ver comentarios 2 Lunes, 30 de Noviembre de 2020 Tiempo de lectura:

Los dos cazadores que habían sido condenados por matar un lobo en una cacería en Tornadizos en 2015 han resultado absueltos de la pena de 48.000 euros (24.000 cada uno) que habían recibido.

La Audiencia Provincial de Ávila ha estimado íntegramente el recurso de apelación interpuesto por los dos cazadores condenados por el Juzgado de lo Penal tras el juicio celebrado en enero, por matar a un lobo ibérico hace cinco años.

 

La nueva decisión judicial  revoca la sentencia de primera instancia, que fue considerada histórica por los ecologistas, y ha absuelto a ambos del delito contra la fauna, y también a uno de ellos del delito de tenencia ilícita de armas. 

 

El fallo asegura que el Juzgado de lo Penal ha despreciado la presunción de inocencia: “alcanzar el fallo  condenatorio contenido en la sentencia de instancia supone la completa ignorancia, por no decir el más absoluto desprecio, del principio de presunción de inocencia que, en los presentes autos, a tenor de lo expuesto, ha de permanecer incólume por no haberse practicado prueba de cargo suficiente para desvirtuarlo eficazmente”.

 

Según el tribunal, “no existe prueba acreditativa de la causa de la muerte del ejemplar de lobo ibérico que ha dado lugar a la formación de los autos; no existe prueba de que tal muerte se produjese por un disparo; no existe prueba de que el presunto disparo causante de la muerte procediese del puesto nº 15; no existe prueba de qué arma salió ese presunto disparo; no existe prueba de que en la montería los ocupantes del puesto nº 15 hicieren uso de dos armas distintas; no existe prueba de que, desde el puesto nº 15, se hicieren cuatro disparos; no existe prueba de que los ocupantes del puesto nº 15 disparasen a un lobo; y, por último, no existe prueba de que el acusado J.L.G.E. hiciere uso de arma alguna”.

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