Día Jueves, 11 de Diciembre de 2025
El lobo muerto en la montería de Tornadizos en 2015.El Juzgado de lo Penal de Ávila ha emitido la primera sentencia condenatoria en España contra dos cazadores por matar de forma ilegal a un lobo ibérico, durante una montería celebrada el 29 de noviembre del año 2015 en Tornadizos de Ávila.
El juez, que aprecia la atenuante de dilaciones indebidas, les ha impuesto una multa de 24.000 euros cada uno de los cazadores, J.R.M.A. y J.L.G.E., que además deberán indemnizar de manera conjunta a la Junta de Castilla y León con más de 9.261 euros, importe en el que fue tasado el ejemplar abatido, según la sentencia.
Además, J.L.G.E. ha sido también condenado a seis meses de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas, ya que carecía de la licencia preceptiva para utilizar la escopeta empleada en la montería. La condena conlleva la inhabilitación especial para profesión u oficio e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar por tres años para J.R.M.A.
El juez analiza en su sentencia lo afirmado por los dos acusados en el juicio, una declaración parca y encaminada a encubrirse mutuamente. "Fue un contenido exculpatorio, de autoencumbrimiento y de encubrimiento mutuo, vislumbrándose una intencionalidad de no incriminación entre ellos. Contenido que, a mayor abundamiento, fue parco o falto en detalles, de cómo se desarrolló el día de autos el acontecimiento de la montería-cacería que se organizó", señala el magistrado.
Por el contrario, el juez entiende que, de las declaraciones de testigos y peritos y del análisis de la prueba documental, se puede concluir que los acusados cometieron un delito contra la fauna al disparar y matar un ejemplar de una especie protegida.
El juez cree que existe "un acervo probatorio que se debe de calificar de indiciario, indirecto o circunstancial" pero suficiente para fundamentar una sentencia condenatoria.
La sentencia, que ya ha sido notificada a las partes, no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Ávila. El caso fue denunciado por el soplo de uno de los participanes en la montería.
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Satisfacción de los ecologistas
Tras conocer el fallo, Lobo Marley, que junto a Anadel y Ecologistas en Acción ha ejercido la acusación particular, ha mostrado su "satisfacción" por este fallo que, a su juicio, demuestra que "matar a una especie protegida, un lobo ibérico, no es asunto baladí ni puede seguir siendo práctica tan habitual en este país, pese a su ilegalidad".
"Desde ahora se abre en España un nuevo precedente legal más, en la progresiva defensa y protección estricta del lobo ibérico, como ya ocurre en Portugal desde hace décadas", ha apuntado esta organización conservacionista.
Por su parte, Ecologistas en Acción se ha felicitado por "la primera sentencia condenatoria por la caza ilegal de un lobo en España", lo que la convierte en "histórica para la caza ilegal del lobo".
Igualmente, espera este fallo "sirva de motivación para perseguir este tipo de casos y comience a salir a la luz la grave situación de furtivismo que sufre la especie" y que "se suma a la enorme presión que aplica la Junta de Castilla y León con el llamado control de poblaciones que ejerce sobre la especie".
Juicio
En la celebración de este primer juicio por caza ilegal de un lobo en España en enero, los acusados negaron, no sólo haber cazado de manera ilegal un lobo durante la montería celebrada el 29 de noviembre de 2015, sino también haber disparado e incluso visto algún ejemplar de esta especie. En la vista oral hubo versiones contrapuestas.
En las conclusiones, el Ministerio Fiscal, que llegó a solicitar el archivo del caso, solicitó la absolución de los dos acusados, al considerar que más allá de "sospechas", no existían "indicios contundentes" sobre la autoría.
El postulado de la fiscal fue secundado por la defensa de los acusados, quien sostuvo que durante la vista oral no hubo "ni un solo indicio acreditado", por lo que solicitó la libre absolución de sus defendidos.
Frente a ambos, las acusaciones de Lobo Marley y Anadel, por una parte, y Ecologistas en acción, por otra, mantuvieron su petición de dos años de prisión y cuatro de inhabilitación para cazar, así como otro año de cárcel para J.L.G.E. por portar arma sin licencia.
Mientras, la Junta de Castilla y León mantuvo la petición para cada uno de los dos acusados 16 meses de multa, a razón de 100 euros diarios, y la inhabilitación por cuatro años, además de una indemnización de 9.261 euros por la muerte de una especie protegida al sur del Duero.
Además, en sus conclusiones, añadió la pena subsidiaria de diez meses de multa para cada uno, a razón de 100 euros diarios, en el caso de que no fueran tenidos en cuenta sus argumentos, a lo que se sumó el letrado de Ecologistas en Acción.






Fuego | Jueves, 11 de Junio de 2020 a las 07:10:08 horas
Que los del gremio se graben a fuego que matar especies protegidas sale caro
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