Del Viernes, 26 de Septiembre de 2025 al Miércoles, 15 de Octubre de 2025

El Juzgado de lo Penal de Ávila ha condenado a seis años de cárcel a los dos autores del atropello mortal del joven toledano José Echevarría, cuando atravesaba por un paso de peatones en la calle Capitán Peñas. Les ha absuelto del delito de conducción temeraria.
J.E.M.M., de 29 años, y a J.M.S., de 22, han sido condenados por un delito de homicidio por imprudencia grave y por otro de abandono del lugar del suceso, mientras que han sido absueltos del de conducción temeraria, después de que asegurasen que ellos no conducción los vehículos. Tendrán que pagar 179.101,85 euros.
Por ello, la sentencia rebaja en medio año la petición de pena el fiscal y de la acusación particular, mientras que el abogado defensor solicitó la absolución de ambos acusados en el juicio que concluyó el 10 de julio.
El juez condena a los dos jóvenes, en prisión desde el pasado mes de octubre, a tres años de prisión por un delito de homicidio por imprudencia grave, así como a otros tres años de cárcel por un delito de abandono del lugar del siniestro.
Asimismo, por el primero de los delitos son condenados igualmente a cinco años de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, mientras que por el segundo también son condenados a otros dos años y medio de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.
Respecto del delito de conducción temeraria, el juez les absuelve, atendiendo al hecho de que en este atropello mortal el "peligro concreto para otros usuarios de la vía, no queda acreditado a fin de poder sancionar autónomamente la conducta de los acusados también por este delito".
Todo ello, afirma el juez, "sin perjuicio de que la goresera conculcación por ambos acusados de la norma de cuidado, sin duda repercutiera en la producción del siniestro", no contando con "una referencia fiable de la conducción de los acusados previamente a producirse el mismo".
Indemnizaciones
Respecto a la responsabilidad civil, J.E.M.M. y J.M.S. han sido condenados a indemnizar de manera "conjunta y solidaria" tanto a los padres del joven atropellado, como a su hermana, en la cantidad de 179.101,85 euros.
Igualmente, declara la responsabilidad directa y solidaria de la entidad aseguradora de uno de los vehículo y del Consorcio de Compensación de Seguros en el caso del otro, que carecía del mismo.
Además, los condenados deberán pagar las dos terceras partes de las costas procesales comunes, declarando de oficio el pago de la tercera parte restante, al haber sido absueltos de uno de los tres delitos de los que se les acusaba.
Contra este fallo, cabe recurso de apelación por las partes en la misma sala en los diez días siguientes a la notificación.
Remedios | Jueves, 23 de Julio de 2020 a las 10:02:15 horas
6 años por matar a una persona, no prestarle auxilio, huir y esconder pruebas.
Al final al han conseguido lo que querían, engañar a la justicia. Estarán tres años en la cárcel y al calle.
Accede para votar (0) (0) Accede para responder