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Sede del Tribunal Supremo en Madrid. El Alto Tribunal ha ordenado su readmisión en el puesto de trabajo y que se le abonen los salarios pendientes, así como una indemnización de 10.000 euros por los daños derivados de la vulneración de sus derechos fundamentales.
De este modo, se estima el recurso de casación planteado por la trabajadora contra los fallos del Juzgado de lo Social número 1 de Ávila y del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que habían calificado el despido de la trabajadora como improcedente y que ahora quedan revocados.
La mujer trabajaba desde marzo de 2023 como responsable de marketing en Nagami Desing SL con contrato indefinido, jornada completa y un salario bruto de 2.291 euros mensuales. Según consta en la sentencia, el 2 de febrero de 2024 denunció ante la Policía a su expareja por violencia de género y el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 3 de Madrid abrió diligencias, pero denegó la orden de protección que ella solicitó.
La trabajadora estuvo de baja laboral por incapacidad temporal del 5 al 23 de febrero, con un diagnóstico de “síntomas y signos que afectan al estado emocional con limitación de la capacidad funcional por fiebre/malestar general que le incapacita para su trabajo habitual”. Por este motivo, recibió cuidados en la red municipal de atención a mujeres víctimas de violencia de género entre el 7 de febrero y el 15 de marzo.
Disminución del rendimiento
El 2 de abril, el administrador mancomunado de la empresa, que conocía el procedimiento penal abierto a raíz de la denuncia, fue citado como testigo en la causa y siete días después, la compañía despidió a la trabajadora por "disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo normal o pactado”.
Sin embargo, el Supremo considera que no ha existido "la más mínima actividad probatoria" sobre esa supuesta disminución del rendimiento laboral y que la empresa no ha dado "una explicación alternativa" sobre las razones del despido, por lo que su justificación resulta “ilusoria y carente del necesario peso”.
El Alto Tribunal señala que, además de que la empresa conocía la situación de su empleada, concurrían otras circunstancias que, valoradas en conjunto, permitían sospechar que la compañía percibía a la trabajadora como una “fuente potencial de molestias o problemas” a raíz de la denuncia por violencia machista que había presentado.
El fallo del Supremo, que ha contado con el apoyo del Ministerio Fiscal, declara la nulidad del despido y ordena la readmisión inmediata de la trabajadora con abono de los salarios de tramitación. También fija 10.000 euros por daños y perjuicios derivados de la vulneración de derechos fundamentales y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) deberá responder en los términos de la responsabilidad que le es propia.
Retirar premio
Tras conocer la sentencia, el Movimiento Feminista de Ávila, que ya denunció el caso, ha exigido a CEOE que retire el premio Pyme del Año concedido a Nagami, y destaca que la empresa alegó para el despido bajo rendimiento que no quedó acreditado judicialmente, aparte de que declara vulnerados los derechos fundamentales de la empleada y obliga a readmitirla.
La organización feminista ha celebrado la resolución judicial, que considera una victoria para la protección de los derechos laborales de las víctimas de violencia machista. Y recuerda que CEOE Ávila distinguió con el premio Pyme del Año el mismo año en que ocurrieron los hechos, además de reclamar criterios éticos y de igualdad en la concesión de distinciones empresariales y mayores mecanismos de protección laboral para las mujeres víctimas de violencia de género.
Consideran que el reconocimiento resulta incompatible con el respeto a los derechos laborales de las mujeres, y exige mayores mecanismos de protección laboral para las víctimas de violencia de género, con el objetivo de garantizar su empleo, dignidad y salud mental.
El colectivo considera que la resolución judicial debe servir para reforzar la protección de las trabajadoras frente a situaciones de discriminación relacionadas con la violencia machista.
Logopedia, Psicopedagogía y Pedagogía en Ávila
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