Del Viernes, 26 de Septiembre de 2025 al Domingo, 28 de Septiembre de 2025

El Movimiento Feminista de Ávila ha expresado su “condena” a la “situación de violencia institucional y vulneración de derechos” fundamentales que ha sufrido una mujer por su despido cuando estaba en una situación de violencia de género. Y es que la justicia dio la razón a la empresa en detrimento de la trabajadora, que no pudo demostrar esa situación.
Según detalla el Movimiento Feminista, la empleada fue despedida sin justificación válida la empresa Nagami Design, que tenía conocimiento de la situación de violencia de género que atravesaba la trabajadora, de tal modo que la decisión contravenía el artículo 53.4 del Estatuto de los Trabajadores, que protege a las víctimas de violencia de género frente a despidos relacionados con su acceso a la tutela judicial, derechos de protección o asistencia social integral.
Argumentan que dicho artículo otorga a las víctimas una serie de derechos específicos, como la posibilidad de modificar su jornada laboral, trabajar a distancia, solicitar movilidad geográfica, o adaptar su puesto de trabajo para garantizar su reincorporación y estabilidad laboral, por lo que lamentan que la empresa optase por rescindir su contrato.
El despido se declaró de acuerdo con la legalidad porque ella “no presentó suficiente acreditación oficial de su condición de víctima de violencia de género”, lo que “refleja una preocupante falta de formación y sensibilización en materia de violencia de género", según el Movimiento Feminista de Ávila, que recuerda que Nagami Design.
Según esta organización, el aspecto más controvertido del caso es la dificultad para que las víctimas puedan acreditar su condición ante el sistema judicial español. Según el Movimiento Feminista de Ávila, la exigencia de un "certificado oficial" deja en situación de desamparo a muchas mujeres que, como en este caso, cuentan con pruebas documentales y procesos judiciales en curso. "Exigimos justicia” para la trabajadora y “para todas las mujeres que enfrentan situaciones similares”, porque consideran que “el sistema debe garantizar su protección y ofrecer respuestas efectivas ante la violencia de género", concluye el comunicado
El caso surgió el 2 de febrero de 2024, cuando la empleada de Nagami Design denunció a su expareja por violencia de género e informó de su situación a la empresa. A pesar de recibir una baja médica inicial, se reincorporó a los 20 días con la esperanza de que su entorno laboral apoyara su recuperación.
Rendimiento laboral
Sin embargo, la flexibilidad que solicitó para equilibrar sus necesidades médicas con sus responsabilidades laborales no fue atendida. "Es imposible que yo llegue a todo, vuelvo despacio. Si se espera máximo rendimiento, vuelvo a la baja", relató la mujer a Efeminista. A las seis semanas después de su reincorporación, fue despedida.
En la carta de despido, la empresa alude a una supuesta "disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo normal o pactado". Sin embargo, se reconoció la improcedencia de la decisión y le ofreció la indemnización correspondiente. Este despido se produjo apenas dos días después de que el jefe directo de ella testificara en el proceso penal contra su expareja de la empleada.
La trabajadora denunció el caso al Juzgado de lo Social de Ávila argumentando que su despido infringía el artículo 14 de la Constitución Española, que prohíbe la discriminación, y el artículo 55.5 del Estatuto de los Trabajadores, que declara nulo cualquier despido basado en causas discriminatorias. También sus derechos para proteger a las víctimas de violencia de género, la reorganización de la jornada laboral, el trabajo a distancia, o la posibilidad de suspender el contrato con reserva del puesto no fueron tenidos en cuenta.
El juzgado rechazó declarar nulo el despido porque no estaba acreditada como víctima de violencia de género, a pesar de que presentó 25 documentos médicos y certificados de asistencia a centros de protección, la falta de un certificado oficial lo impidió. La extrabajadora ha recurrido la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
No hay irregularidad
Desde la empresa destaca que el caso se encuentra “judicializado” después de la sentencia del Juzgado de lo Social, en la que se subraya que la compañía “no ha cometido ninguna irregularidad”.
“Estamos plenamente comprometidos”, destacan desde Nagami, “con nuestros trabajadores y trabajadoras, habiendo implementado políticas y prácticas que garantizan la salud y la seguridad, la igualdad en el lugar de trabajo, la eliminación de la discriminación y el acoso, y la promoción de la diversidad e inclusión de todas las personas que forman parte de la empresa”.
La compañía estudia acciones legales ante lo que califican “sesgadas y poco contrastadas publicaciones y comunicados” que se han efectuado sobre este asunto, en referencia a lo manifestado por el Movimiento Feminista.
Cruda realidad | Martes, 04 de Febrero de 2025 a las 15:44:58 horas
Lo del me voy a médico y me cojo una baja, no solo lo he oído, es que lo he visto en compañeras de trabajo, me parece asombroso, pero lo consiguen, también es verdad que es lo público y ya sabemos lo que pasa.
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