Día Martes, 03 de Marzo de 2026
Día Martes, 14 de Abril de 2026
Día Martes, 12 de Mayo de 2026
Día Martes, 09 de Junio de 2026
El investigado en el banquillo de los acusados durante la vista oral El tribunal concluye que no puede afirmarse “más allá de toda duda razonable” que el acusado “tuviera intención de transmitir las sustancias a terceros”, por lo que “no procede su condena”.
El Ministerio Fiscal mantenía su petición de dos años de prisión y una multa de 400 euros, al considerar que existían “pruebas suficientes” para sostener que la droga intervenida estaba destinada a su distribución. Sin embargo, la sala ha entendido que no se produjo durante el juicio una “prueba de cargo suficiente” que acreditara el elemento esencial del tipo penal: la finalidad de tráfico.
Según recoge la resolución judicial, los hechos se remontan a la noche del 22 de agosto de 2024, cuando el acusado fue interceptado por agentes de la Policía Nacional en el parque de calistenia de la capital abulense, mientras realizaban labores preventivas contra el consumo de estupefacientes en espacios públicos
En el cajón bajo el asiento de una motocicleta que el joven utilizaba en ese momento, los agentes hallaron siete envoltorios con cocaína (2,75 gramos con una riqueza del 79,91%) y seis bolsas tipo zip con 12,08 gramos de resina de cannabis. El valor estimado en el mercado ilícito ascendía a 165 euros en el caso de la cocaína y 72 euros en el del cannabis
Posible intención de venta
Durante el juicio, el Ministerio Fiscal defendió que la distribución de la sustancia en varias bolsas evidenciaba una posible intención de venta. También destacó el lugar de la intervención como parque frecuentado por consumidores, y en el hecho de que el acusado ofreciera inicialmente una versión distinta sobre la titularidad de la motocicleta y la droga.
Según los agentes, el joven negó en un primer momento que la moto y las sustancias fueran suyas. Después explicó que actuó así por “miedo” a que su familia tuviera conocimiento de los hechos.
La Fiscalía entendía que estos elementos constituían indicios suficientes de tráfico y sostuvo su petición de condena por delito contra la salud pública del artículo 368 del Código Penal
Consumo propio
El acusado, por su parte, se declaró inocente en el juicio y negó haber traficado “jamás”. Reconoció que la droga era para su propio consumo y que tiene un “problema” con las sustancias. Un amigo que declaró como testigo afirmó que ambos habían adquirido la droga para consumirla juntos y negó de forma expresa que el procesado se dedicara a la venta.
La sala considera acreditada la posesión de la sustancia, pero subraya que no se constató la existencia de actos de venta, ni la presencia de útiles para pesar o manipular la droga, ni la tenencia de cantidades relevantes de dinero (el atestado reflejaba 35 euros en efectivo).
En los fundamentos de derecho, el tribunal recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre las cantidades orientativas que permiten presumir finalidad de tráfico. En el caso de la cocaína, la jurisprudencia sitúa el umbral de referencia en 7,5 gramos de sustancia pura como acopio medio para cinco días de consumo. La cantidad intervenida no supera esos parámetros, por ello la sentencia advierte que no puede apreciarse “de un modo automático su destino al tráfico” únicamente por la cuantía o por el hecho de que estuviera distribuida en bolsas
El tribunal insiste en que el fin de tráfico es un elemento del tipo penal que debe quedar acreditado como cualquier otro, y que “la condena exige la total certeza de la culpabilidad, neutralizando la hipótesis alternativa”. En este caso, concluye que no se ha desvirtuado la presunción de inocencia. La sentencia precisa además que el fallo absolutorio “no presupone la certeza de la inocencia sino la mera ausencia de certeza de la culpabilidad”.
Disfruta de la fruta
Día Martes, 03 de Marzo de 2026
Día Martes, 14 de Abril de 2026
Día Martes, 12 de Mayo de 2026
Día Martes, 09 de Junio de 2026
Día Jueves, 05 de Marzo de 2026
Día Jueves, 12 de Marzo de 2026
Día Jueves, 19 de Marzo de 2026
Día Jueves, 26 de Marzo de 2026
Día Viernes, 27 de Febrero de 2026
Día Viernes, 06 de Marzo de 2026
Día Viernes, 13 de Marzo de 2026
Del Viernes, 06 de Marzo de 2026 al Domingo, 08 de Marzo de 2026
Día Sábado, 14 de Marzo de 2026
Día Domingo, 01 de Marzo de 2026
Del Viernes, 06 de Marzo de 2026 al Domingo, 08 de Marzo de 2026
Del Viernes, 06 de Marzo de 2026 al Domingo, 08 de Marzo de 2026
Del Viernes, 06 de Marzo de 2026 al Domingo, 08 de Marzo de 2026
Día Jueves, 12 de Marzo de 2026
Día Sábado, 14 de Marzo de 2026
Día Sábado, 21 de Marzo de 2026
Del Lunes, 23 de Marzo de 2026 al Viernes, 27 de Marzo de 2026
Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.
Evaristo Rey | Lunes, 02 de Marzo de 2026 a las 22:05:51 horas
Debe de ser frustrante ser policía y ver como los detenidos entran por una puerta y salen por la otra.
Accede para votar (0) (0) Accede para responder