Cartel que anuncia la Zona de Bajas Emisiones de Ávila. Cartel que anuncia la Zona de Bajas Emisiones de Ávila.

El Ayuntamiento aprobará una nueva ordenanza

La Zona de Bajas Emisiones ya no entra en vigor 1 de julio, pero seguirá adelante

Carlos de Miguel Ver comentarios 4 Miércoles, 04 de Junio de 2025 Tiempo de lectura:

Tras la sentencia que declara nula la ordenanza de la Zona de Bajas Emisiones de Ávila, esta ya no podrá entrar en vigor el 1 de julio, pero seguirá adelante para ser implantada en otra fecha.

Y es que, según ha aclarado el Ayuntamiento, aunque la sentencia anula la ordenanza de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE), no elimina la propia la zona en sí, que se aprobará en el futuro, según ha asegurado el equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Ávila, que destaca que el problema es un defecto de forma que obliga a aprobar una nueva normativa.


Por tanto, el Ayuntamiento de Ávila deberá aprobar de nuevo la ordenanza reguladora de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE), tras el fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León, según el equipo de Gobierno, “descarta la arbitrariedad o desviación de poder por parte del Consistorio, valida la justificación y el impacto económico y normativo de la misma pero encuentra, en la línea de sentencias anteriores, un defecto de procedimiento formal que obliga a reiniciar el proceso de aprobación”.


Desde el equipo de Gobierno se ha indicado que la sentencia señala que “el procedimiento debería haber incluido la aprobación del ordenanza una vez aprobado el Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) y no al contrario; es decir, el Ayuntamiento de Ávila tendría que aprobar en primer lugar el PMUS y, seguidamente, la ordenanza de aplicación de la ZBE”.


En la sentencia se contempla la obligatoriedad que tienen ayuntamientos como el de Ávila de cumplir la normativa de creación de zonas de bajas emisiones, a la vez que de establecer la fórmula de gestión de las mismas, pudiendo ser ésta una ordenanza, e indica que la determinación de la ZBE debe incluirse en el PMUS.


En este sentido, el Ayuntamiento subraya que la sentencia “desestima las alegaciones presentadas por un grupo de particulares en cuanto a la Zona de Bajas Emisiones de la ciudad en sí”, y estima la necesidad de la existencia previa del PMUS y que en él se incluya la ordenanza de la ZBE y no al revés, procedimiento que siguió el Ayuntamiento de Ávila, al aprobar primero la ordenanza y publicar con posterioridad el PMUS actualizado con la ordenanza.

 

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