Del Sábado, 06 de Septiembre de 2025 al Miércoles, 10 de Septiembre de 2025
La Oficina del Censo Electoral de Ávila ha anunciado el sorteo para elegir a candidatos a formar parte de los tribunales del jurado que se celebren en la Audiencia Provincial de Ávila en los años 2025 y 2026.
El sorteo para la formación de la lista de candidatos a jurados se celebrará, en sesión pública, el miércoles 25 (12 horas) en la Delegación Provincial del Instituto Nacional de Estadística (INE).
Según la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado, que data de 1995, el sorteo se celebra en cada provincia dentro de los 15 últimos días del mes de septiembre de los años pares, a fin de establecer la lista bienal de candidatos a jurados.
Para ello, el presidente de la Audiencia Provincial de Ávila, Javier García Enconar, con una antelación mínima de tres días a la fecha prevista para el sorteo, debe comunicar el número de candidatos a jurados que estimen necesario obtener por sorteo dentro de la provincia. Dicho número se calculará multiplicando por 50 el número de causas que se prevea vaya a conocer el tribunal del jurado, en estimación hecha atendiendo a las enjuiciadas en años anteriores en la respectiva provincia, más su posible incremento. El último juicio con jurado en Ávila tuvo lugar en 2023 contra un hombre que había asesinado a su compañero de piso.
Sorteo
Los candidatos a jurados se elegirán de la lista del censo electoral vigente a la fecha del sorteo, ordenada por municipios, relacionada, dentro de estos, alfabéticamente y numerada correlativamente dentro del conjunto de la provincia. Dicha lista se remitirá para su anticipada exposición durante siete días a los respectivos ayuntamientos.
Dentro de los siete días siguientes a la celebración del sorteo, cualquier ciudadano podrá formular, ante la Audiencia Provincial, reclamación contra el acto de sorteo.
La Audiencia, constituida por el presidente y el magistrado más antiguo y más moderno de los destinados en el tribunal, recabará informe del delegado provincial de la Oficina del Censo Electoral y practicar las diligencias que estime pertinentes.
Antes del 15 de octubre, resolverá por resolución motivada no susceptible de recurso, comunicando lo decidido a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral para que, si así se resuelve, reitere el sorteo.
La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral enviará la lista de los candidatos a jurados a la Audiencia Provincial, quien la remitirá a los ayuntamientos y al Boletín Oficial de la provincia para su debida exposición o publicación, respectivamente, durante los 15 últimos días de octubre. En el mismo plazo, la Audiencia notificará a cada candidato a jurado su inclusión en la referida lista, al tiempo que se le hará entrega de la pertinente documentación en la que se indicarán las causas de incapacidad, incompatibilidad y excusa, y el procedimiento para su alegación.
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