Del Viernes, 26 de Septiembre de 2025 al Miércoles, 15 de Octubre de 2025
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la condena de dos años de cárcel para una mujer por estafar a un hombre que cumplía una condena por un delito contra la libertad sexual desde 2016.
La mujer condenada por la Audiencia Provincial de Ávila a dos años de cárcel, mantenía una relación sentimental con un hombre de apellido Pitaluga, en búsqueda y captura, que no declaró en la vista oral celebrada en mayo de 2023 puesto que se encontraba huido de la justicia.
La mujer, junto a otra que ha sido absuelta por la Audiencia Provincial, se ofrecieron a conseguir, a través de la Asociación de Víctimas del Sistema Judicial Democrático Español (asociación presidida por el prófugo Pitaluga), la libertad del hombre que estaba cumpliendo una condena con una pena privativa de libertad por un delito contra la libertad sexual desde el mes de mayo del año 2016.
Según reza la sentencia, la ahora condenada, pese a saber que no podía hacer nada por la libertad del afectado, que estaba condenado por una sentencia firme dictada por la Audiencia Provincial de Ávila, y aprovechándose de la situación angustiosa que estaba pasando la familia, les pidió dinero en concepto de provisión de fondos para abogados y a través de otras personas de la mujer que ha quedado absuelta.
Como consecuencia del engaño sufrido y la esperanza de conseguir la libertad de su hijo, la madre del condenado realizó trasferencias por importe de 24.500 euros, de los que solo recuperó 6.000 euros. Sin embargo, el hermano del condenado transfirió 15.000 euros a la cuenta de la mujer que ha quedado absuelta, aunque la persona autorizada era la mujer condenada a dos años de cárcel. Y es que el contrato de apertura de la cuenta, así como el contrato de la tarjeta de crédito, estaban en posesión de la condenada desde el primer momento.
Dinero destinado a un seguro médico y dos webs de Pitaluga
Tal como figura en los hechos probados de la sentencia, el dinero ingresado por la madre y hermano del condenado, no fue destinado para interponer ningún recurso, ni para pagar a ningún abogado, ni para gestionar nada referente al caso, sino para satisfacer gastos personales de la condenada y de otra persona distinta a la titular de la cuenta, como un seguro médico del prófugo Pitaluga y a dos paginas web en las que el prófugo anunciaba la venta de vehículos de motor de segunda mano.
Por todo ello, la Audiencia Provincial de Ávila condenó a la pareja de Pitaluga como autora criminalmente responsable de un delito de estafa del subtipo cualificado de especial gravedad, a la pena de dos años de prisión con la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufrago pasivo durante el tiempo de la condena y una multa de seis meses con una cuota diaria de cinco euros con la correspondiente responsabilidad personal subsidiaria.
El órgano también falló que la mujer debe abonar, como responsabilidad civil en concepto de indemnización de daños y perjuicios, a la madre del condenado con 18.000 euros, y a su hermano con 15.000 euros.
Una pena que ha quedado ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) después del recuerdo de apelación interpuesto por la defensa de la ahora condenada, que ha sido desestimado por el TSJCyL.
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