Del Domingo, 14 de Septiembre de 2025 al Miércoles, 17 de Septiembre de 2025
La normativa vigente en materia de entidades locales ampara posibles sanciones a los concejales que incumplan su deber de asistir a los plenos municipales que se convoquen en sus respectivos ayuntamientos.
Tanto el Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Ávila, como la Ley de Bases del Régimen Local, contemplan en su articulado una referencia a las eventuales multas que podrían imponerse a los miembros de la corporación en caso de contravenir sus obligaciones.
Así, la posible sanción, que ha insinuado el alcalde de la capital, Jesús Manuel Sánchez Cabrera, a la edil Alicia García, que no ha acudido al pleno municipal al estar presente en la Comisión General de Comunidades Autónomas del Senado, apunta a lo establecido en el artículo 31 del citado reglamento.
“La falta no justificada de asistencia a las sesiones de órganos colegiados de sus miembros titulares integrantes o la manifiesta falta de puntualidad y el incumplimiento reiterado de las obligaciones que le han sido atribuidas, facultará a la Alcaldía para la imposición de sanciones en los términos que determine la ley de la Comunidad Autónoma o, en su defecto, la del Estado”, dice el reglamento.
Por su parte, el artículo 78.4 de la Ley de Bases de Régimen Local (LBRL) indica que “los presidentes de las corporaciones locales podrán sancionar con multa a los miembros de las mismas, por falta no justificada de asistencia a las sesiones o incumplimiento reiterado de sus obligaciones, en los términos que determine la Ley de la Comunidad Autónoma y, supletoriamente, la del Estado”.
En este sentido, y ante la falta de regulación en la materia por parte de la Comunidad de Castilla y León, los límites para las sanciones que fija la Ley de Bases de Régimen son de hasta 3.000 euros para las infracciones muy graves; hasta 1.500 euros para las infracciones graves; y hasta 750 euros para las infracciones leves.
En el caso de la portavoz del Senado, su ausencia en el pleno de presupuestos ha sido no justificada, según el alcalde, que ha esgrimido como argumento que, en una comisión de la Cámara Alta, la que fuera portavoz municipal podía haber sido sustituida por otro senador, mientras que en la sesión plenaria no puede ser reemplazada.
Pedraja | Miércoles, 10 de Abril de 2024 a las 16:46:12 horas
Caña a los políticos renegados que huyen de Ávila!!!!!
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