Del Sábado, 13 de Septiembre de 2025 al Domingo, 21 de Septiembre de 2025
La Audiencia Provincial de Ávila ha decretado prisión provisional, comunicada y sin fianza para el acusado de un delito de agresión sexual cometido sobre una menor, hija de la entonces pareja sentimental, cuando esta tenía 5 años. La medida responde a un posible riesgo de fuga, después será condenado a la pena de 12 años de prisión.
El Tribunal ha notificado este miércoles la resolución al condenado de agredir sexualmente a la hija de su pareja, acordando, a petición del fiscal, su ingreso en prisión para asegurar el cumplimiento de la pena impuesta, ante la existencia de "riesgo de fuga", así como que "no pueda atentar contra los bienes jurídicos de las víctimas".
La niña agredida, que ahora tiene 10 años y cuando sucedieron los hechos tenía en torno a 5, aunque contó lo sucedido tiempo después, es hija de la que era pareja sentimental del ahora condenado, con la que este vivía y acababa de tener un hijo.
La menor testificó mediante videoconferencia
Durante el juicio, el acusado negó los hechos, por lo que su abogado solicitó su absolución, mientras que el fiscal solicitó 12 años de prisión por un delito de agresión sexual con situación de superioridad. La niña, acompañada por una psicóloga durante el juicio, prestó declaración por videoconferencia, relatando lo sucedido con el condenado cuando ella tenía en torno a 5 años, uno de los días en los que se iba a bañar.
Ante esos hechos y tras la declaración de siete testigos y peritos, la Audiencia Provincial ha condenado al procesado como "autor responsable de un delito de agresión sexual" a la pena de 12 años de prisión y accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
Libertad vigilada
Además, se le impone la medida de libertad vigilada por tiempo de 10 años, "cuyo contenido y ejecución se determinará con posterioridad a la ejecución de la pena de prisión". Asimismo, se le impone la pena de inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo superior en 5 años al de la pena privativa de libertad impuesta en sentencia.
A todo ello, se le suma el pago de 6.000 euros en concepto de responsabilidad civil por "daños morales", una cantidad que será entregada a los representantes legales de la menor -padre y madre-.También se le impone el abono de las costas procesales de este presente procedimiento contra cuya resolución cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Tras conocerse la condena, este miércoles el condenado ha comparecido y se ha celebrado una audiencia en la que se le ha comunicado su ingreso en prisión preventiva, comunicada y sin fianza.
Riesgo de fuga
En el fallo se señala que se trata de "una persona nacida en 1988 en Ecuador, por lo que de no decretar la prisión se correría el riesgo de ver frustrada la ejecución de la condena por la posibilidad de marcharse al extranjero, y ello a pesar de tener un hijo en España". No obstante, hace constar que el condenado "ya se encuentra separado de hecho de la madre del niño, según quedó acreditado en día del juicio, por lo que no le une ningún vínculo suficientemente consistente con tal familia, aparte de señalar que tal persona que en su día fue compañera sentimental también es la madre de la niña que según la resolución de esta Sala ha sido agredida sexualmente".
"Además, dadas las circunstancias prácticas puestas de manifiesto en el acto del juicio, ha quedado acreditado que el penado tiene fácil acceso a la menor, lo que podría redundar en la posibilidad de que aquel volviese a atentar contra bienes jurídicos de la víctima y poner en riesgo su seguridad", concluye.
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