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Armas y trofeos intervenidos en la operación Almanzor en 2009.El fallo señala que los hechos llegaron a juicio "sin apenas pruebas", ya que hace tres años quedaron anuladas las intervenciones telefónicas y los registros domiciliarios realizados por la Guardia Civil, de manera, que según la "teoría del árbol del fruto envenenado", toda prueba obtenida a partir de declaraciones nulas, "también debe de serlo, porque a lo largo de la prosecución del proceso, se han contaminado".
De esta manera, el resto de las diligencias practicadas en la fase de instrucción se convirtieron en "nulas" por la "extralimitación de los agentes" en su momento.
Los hechos se remontan al marzo de 2009, cuando la Guardia Civil desarticuló una supuesta red de caza ilegal, encargada de organizar cacerías furtivas en la Reserva de Gredos, durante la operación "Almanzor".
Entonces fueron detenidas 48 personas de cinco provincias (dos mujeres), 29 de ellas de Ávila, siendo recuperados más de 350 trofeos de animales, entre los que figuraban tres leones llegados de África y más animales importados de ese continente, así como armas, 72.100 euros y 21.500 dólares.
De las 48 detenidas, pasaron a acusadas 25 durante el juicio que en septiembre de 2014 fue suspendido ante las dudas sobre la validez de las escuchas, que quedaron anuladas tres años más tarde.
La Junta se retira
La Junta, que se personó en la causa como acusación particular, se retiró del proceso, al igual que la Asociación de Propietarios de la Reserva Regional de Caza, manteniéndose como acusaciones la fiscalía y Ecologistas en Acción, que solicitaban penas de entre seis meses y dos años de cárcel para las nueve personas que finalmente fueron acusadas y ahora absueltas.
Según el juez, "la prueba que ha quedado para ser practicada en el plenario, ha devenido en una prueba contaminada que asimismo ha sido reducida a escasos indicios racionales de criminalidad", tras la anulación de las pruebas recabadas por la Guardia Civil.
Una anulación que se produjo por haberse realizado "con vulneración del derecho a la inviolabilidad del domicilio, vulneración del derecho al secreto de las comunicaciones y con vulneración del principio de legalidad".
Igualmente, quedaron sin valor probatorio los informes efectuados por el Servicio de Intervención de Armas de la Guardia Civil en relación con las incautadas en los registros domiciliarios.
El juicio quedó visto para sentencia en enero, después de que se suspendiese cuando había sido convocado en 2014 por vez primera.
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Castellano | Lunes, 15 de Junio de 2020 a las 01:06:14 horas
Muy bien y en lenguaje claro debería explicar este juzgado la resolución porque es muy difícil que la sociedad pueda entenderla.
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