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En el accidente, ocurrido en la carretera Nacional 403 el 8 de julio de 2013, también resultaron heridas 22 personas.
El conductor ha sido condenado como "autor criminalmente responsable" de nueve delitos de homicidio por imprudencia grave, así como de 13 delitos de lesiones por imprudencia grave.
La sentencia es parecida a la solicitud que hizo el fiscal al final del juicio celebrado del 12 al 15 de junio en el Juzgado de lo Penal. Al comienzo de la vista oral pidió cuatro años y al terminar tres años y dos meses, ya que tuvo en cuenta la atenuante de "dilación extraordinaria e indebida en la tramitación del procedimiento".
También el fallo le condena a la privación del permiso de conducción durante cuatro años y seis meses, tal y como pidió el fiscal.
El conductor y la compañía aseguradora MM Globalis y Mutua Madrileña deberán abonar una indemnización conjunta y solidaria a tres personas heridas la cantidad de 89.383,10 euros.
También la empresa propietaria del autocar, Cevesa, deberá indemnizar de forma subsidiaria a estas tres personas la misma cantidad, siempre que la compañía aseguradora no pudiera hacerlo.
La Junta de Castilla y León es absuelta de cualquier responsabilidad civil subsidiaria. El fallo puede ser recurrido en apelación.
En el juicio, el conductor dijo no haber tenido conciencia de haberse quedado dormido al volante, si bien varios agentes de la Guardia Civil afirmaron que tras el accidente el acusado les dijo que se había quedado dormido. Algunos informes pusieron de manifiesto que no reaccionó a tiempo, si bien el fiscal llegó a afirmar que un hecho así le había podido ocurrir a cualquiera.
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Una pena | Jueves, 12 de Octubre de 2017 a las 12:46:32 horas
Necesitamos una revisión de nuestro código penal. ¿Que le va a dar a este hombre la cárcel, si la pena ya la tiene desde que ocurrió el suceso? Los jueces deben de dotarse de humanidad también y de ser ecuánimes
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