Del Viernes, 10 de Octubre de 2025 al Lunes, 20 de Octubre de 2025
El Ayuntamiento de Ávila considera que tanto el suelo como el edificio de la antigua estación de autobuses son de propiedad municipal, pero no porque esté registrado en ningún lugar sino gracias a la aplicación de la “teoría de la accesión”.
El mismo día que la Junta de Gobierno Local ha dado un paso más para el derribo del edificio, el Consistorio ha detallado los recovecos que dan como resultado que la vieja estación próxima a derribarse. La explicación conocida ahora es que tras haberse considerado por parte de los técnicos de las diferentes Administraciones que el solar pertenecía al Ayuntamiento y el edificio a la Junta, de hecho en el Registro de la Propiedad venía como titular el Ayuntamiento y en el Catastro la Junta. Después de las averiguaciones e informes se produce una situación singular.
La edificación se encuentra situada entre la avenida de Madrid y la calle San Pedro Bautista, lindando al este con el pabellón de San Antonio y al oeste con el grupo de viviendas Pío XII. Es la finca registral 5190, que está inscrita a nombre del Ayuntamiento de Ávila sin que exista ninguna anotación posterior de cesión, transferencia al Ministerio de Obras Públicas o Junta de Castilla y León ni de escritura de obra nueva de la antigua estación, en buena medida porque no se completó el expediente de cesión de los años 70, según resulta de los oficios remitidos en sucesivos años por la entonces Dirección General de Transportes Terrestres del citado Ministerio de Obras Públicas.
Evacuadas consultas a tal efecto, se afirma por la Dirección General del Patrimonio del Estado que, en el Centro de Información de Bienes Inventariables del Estado, no consta ni siquiera de baja, ni el edificio de la estación de autobuses ni la parcela, remitiéndose a la Junta para la obtención de cualquier tipo de información al amparo de las transferencias de competencias, funciones y servicios realizadas en su día al Consejo General de Castilla y León en materia de transportes terrestres. Todo ello a pesar de la puesta a disposición del inmueble para la explotación de la concesión, pudiéndose, por tanto, reputar que ni la parcela ni el edificio han figurado nunca inscritos como bienes de titularidad estatal, lo que es perfectamente coherente con la ausencia de escrituración pública de la cesión realizada en su día.
La Dirección General de Transportes de la Junta de Castilla y León informa que, recibidas las transferencias en materia de transporte terrestre, se constata de la documentación enviada que el expediente de cesión de la parcela donde se ubica la estación de autobuses no se completó.
Por tanto: “no ostenta ningún título jurídico ni sobre el terreno ni sobre el edificio, toda vez que en su día, ni se formalizó la cesión de la parcela ni se traspasó el edificio a la Comunidad autónoma”. Ante esta situación, el Ayuntamiento concluye que aplicando la teoría de la accesión puede defenderse la presunción de titularidad municipal y la plena disposición para actuar sobre el mismo disponiendo su derribo.
La accesión es una forma de adquirir la propiedad y un derecho real que se atribuye al propietario del suelo, de tal modo que se le permite considerar suyo todo aquello que quede unido y acrezca a dicho suelo, ya sea en forma natural o artificial.
Desastroso | Viernes, 01 de Diciembre de 2017 a las 10:25:00 horas
¿Pero que tipo de administraciones tenemos que no saben a quien pertenecen sus propios edificios? ¿No tienen las administraciones un inventario de bienes? ¿Los ciudadanos estamos obligados a registrar nuestro inmuebles bajo sanciones si no lo hacemos y la administración no? ¿De verdad vivimos en un país moderno o en una republica bananera africana?
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