La medida pretende evitar que las dificultades derivadas de la emergencia comprometan el ejercicio de los derechos de la ciudadanía o el normal desarrollo de la actividad judicial.
La disposición adicional segunda del real decreto-ley establece la suspensión de los plazos procesales entre el 27 y el 31 de julio, ambos inclusive, en los partidos judiciales de Ávila, Arenas de San Pedro, Talavera de la Reina, Torrijos, Navalcarnero, San Lorenzo de El Escorial y Nules. La decisión responde a las dificultades que los incendios forestales han generado para el desarrollo ordinario de la actividad judicial y para el cumplimiento de los plazos por parte de ciudadanos y profesionales.
No obstante, la suspensión no afecta a las actuaciones urgentes previstas por la legislación procesal. Entre las excepciones figuran los procedimientos penales de carácter urgente, las actuaciones relacionadas con la tutela de derechos fundamentales y los procedimientos de protección de menores, que continuarán desarrollándose con normalidad.
Además, la norma incorpora una cláusula que permite a jueces y tribunales acordar la práctica de aquellas actuaciones judiciales que resulten necesarias para evitar perjuicios irreparables en los derechos de las personas afectadas.
Medidas para afectados
El real decreto-ley contempla igualmente medidas específicas para los profesionales cuyo domicilio profesional o particular se encuentre en alguno de los partidos judiciales afectados.
En estos casos podrán comunicar esta circunstancia al órgano judicial competente y solicitar, con carácter excepcional y conforme a la legislación procesal, la suspensión de plazos o el aplazamiento de vistas cuando resulte procedente. El objetivo es que las consecuencias derivadas de los incendios no dificulten el ejercicio de su actividad profesional ni limiten el acceso a la justicia.
Según el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, estas medidas permitirán que las personas afectadas puedan concentrar sus esfuerzos en afrontar la emergencia sin que ello repercuta en los procedimientos judiciales en los que estén inmersas.
El paquete de medidas aprobado por el Gobierno incluye también actuaciones dirigidas al ámbito económico y empresarial. En concreto, el real decreto-ley amplía el plazo para que las personas y empresas afectadas por los incendios puedan solicitar la declaración de concurso en caso de encontrarse en situación de insolvencia. Asimismo, suspende temporalmente determinados plazos para reclamar derechos o iniciar actuaciones legales, evitando que las dificultades ocasionadas por la emergencia tengan consecuencias procesales o patrimoniales para los afectados.
El ministerio señala que estas decisiones han sido adoptadas en coordinación con los operadores jurídicos y tras atender las peticiones formuladas por el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE).
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