El acuerdo abre la posibilidad de solicitar ayudas por daños personales, viviendas, enseres, negocios e infraestructuras municipales, además de permitir la aprobación de beneficios fiscales y medidas laborales y de Seguridad Social.
El Gobierno ha declarado este martes zonas afectadas por una emergencia de protección civil los territorios dañados por 211 episodios catastróficos ocurridos entre el 31 de marzo y el 27 de julio de 2026 en catorce comunidades autónomas. La mayor parte de las emergencias incluidas en el acuerdo son incendios forestales y nueve de ellas corresponden a fuegos registrados en la provincia de Ávila.
La declaración, aprobada por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio del Interior, incorpora expresamente los incendios de Burgohondo y El Barraco, comunicados al Centro Nacional de Emergencias el 22 de julio y vinculados al episodio que llevó al Gobierno a declarar, un día después, la emergencia de interés nacional en las provincias de Ávila y Toledo y en la Comunidad de Madrid. Es la primera vez que se adoptó una declaración de emergencia de interés nacional por incendios forestales. Los trabajos de extinción continuaban en marcha este 28 de julio tanto en esos incendios como en el declarado recientemente en Vall d’Uixó, en Castellón.
Nueve incendios de Ávila
La relación aprobada por el Gobierno recoge nueve incendios forestales de la provincia de Ávila comunicados al Centro Nacional de Emergencias entre el 25 de junio y el 22 de julio.
Además de los incendios de Burgohondo y El Barraco, aparecen incluidos los fuegos de Madrigal de las Altas Torres y La Adrada, comunicados el 25 de junio; Candeleda, Madrigal de las Altas Torres -en el núcleo de Villar de Matacabras- y Arévalo, registrados el 26 de junio; Rivilla de Barajas, comunicado el 28 de junio; y Santa María del Arroyo, fechado el 29 de junio.
La lista completa de episodios correspondientes a Ávila queda formada por:
Incendio forestal de Madrigal de las Altas Torres, comunicado el 25 de junio.
Incendio forestal de La Adrada, comunicado el 25 de junio.
Incendio forestal de Candeleda, comunicado el 26 de junio.
Incendio forestal de Madrigal de las Altas Torres, en Villar de Matacabras, comunicado el 26 de junio.
Incendio forestal de Arévalo, comunicado el 26 de junio.
Incendio forestal de Rivilla de Barajas, comunicado el 28 de junio.
Incendio forestal de Santa María del Arroyo, comunicado el 29 de junio.
Incendio forestal de Burgohondo, comunicado el 22 de julio.
Incendio forestal de El Barraco, comunicado el 22 de julio.
Emergencia de interés nacional
La inclusión de Burgohondo adquiere una relevancia específica porque ambos incendios forman parte del episodio que motivó la declaración de emergencia de interés nacional del 23 de julio, junto con los fuegos registrados en la Comunidad de Madrid y en la provincia de Toledo.
La decisión permite enmarcar los daños ocasionados por estos incendios dentro de los mecanismos previstos en el Sistema Nacional de Protección Civil. El acuerdo aprobado ahora reconoce oficialmente los territorios afectados como zonas dañadas por una emergencia de protección civil y habilita distintas líneas de apoyo para particulares, empresas, administraciones y personas que hayan participado aportando bienes o servicios durante la respuesta a la emergencia.
La resolución estatal se produce dentro de un periodo de elevada actividad incendiaria. El Ministerio del Interior señala que durante la segunda quincena de junio Castilla y León registró la coincidencia de numerosos incendios, especialmente en la comarca leonesa de El Bierzo, y que en los últimos días de julio continuó una intensa sucesión de fuegos en distintas comunidades, entre ellas Castilla y León y Madrid.
Qué ayudas pueden solicitar los afectados
El acuerdo recoge una serie de ayudas reguladas por el artículo 24 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. Estas prestaciones pueden solicitarse desde el momento en que se produjo la emergencia y su gestión corresponde al Ministerio del Interior.
Las ayudas están destinadas a paliar daños personales y materiales en viviendas y enseres. También pueden cubrir determinados gastos asumidos por las corporaciones locales y los perjuicios sufridos por establecimientos industriales, mercantiles y de servicios.
El sistema prevé asimismo subvenciones para personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales o aportado bienes para responder a las consecuencias de la emergencia. Esta categoría puede afectar a quienes hayan cedido recursos, maquinaria, vehículos, instalaciones u otros medios durante las labores de protección y atención a la población, siempre dentro de los supuestos y requisitos establecidos en la normativa.
La declaración no supone que todas las personas afectadas reciban automáticamente una indemnización. Los damnificados deberán presentar las correspondientes solicitudes y acreditar los daños, los gastos o las prestaciones realizadas conforme a los procedimientos que establezca cada administración competente.
Beneficios fiscales para viviendas y negocios afectados
La declaración abre también la vía para que el Ministerio de Hacienda concrete beneficios fiscales vinculados a los daños ocasionados por los incendios.
Entre las medidas contempladas figura la posible exención de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles para los inmuebles afectados y una reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas para empresas y profesionales perjudicados por la emergencia.
El acuerdo señala además que, como es habitual en este tipo de declaraciones, las ayudas concedidas por daños personales estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Estas medidas deberán ser desarrolladas y concretadas por los departamentos competentes. La nota de Interior no precisa todavía los requisitos, los plazos de solicitud ni el alcance territorial exacto de las exenciones que puedan aprobarse para los municipios abulenses afectados.
Posibles medidas laborales y de Seguridad Social
Los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán aprobar medidas laborales específicas para las empresas, trabajadores autónomos y empleados afectados por los incendios. El acuerdo contempla la posibilidad de establecer bonificaciones y exenciones en las cuotas de la Seguridad Social, aunque no detalla todavía qué supuestos estarán cubiertos ni las condiciones de acceso.
Estas medidas podrían aplicarse a actividades económicas que hayan sufrido daños directos, interrupciones de la producción, dificultades de acceso, pérdida de instalaciones o consecuencias derivadas de evacuaciones y restricciones asociadas a la emergencia. Su alcance definitivo dependerá del desarrollo normativo posterior y de la acreditación de cada caso.
Ayudas de hasta el 50% para infraestructuras municipales
Las entidades locales afectadas podrán acceder a ayudas del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos de titularidad municipal.
El Gobierno prevé financiar hasta el 50% del coste de los proyectos que ejecuten los ayuntamientos y otras entidades locales para recuperar los bienes dañados. Esta línea podría abarcar, en función de las valoraciones posteriores, caminos, redes de abastecimiento, instalaciones públicas, equipamientos municipales y otros servicios de competencia local.
Los ministerios podrán declarar igualmente zonas de actuación especial y tramitar como emergencia las obras necesarias para reparar daños en infraestructuras públicas o en bienes pertenecientes al dominio público.
Exenciones para documentos y vehículos siniestrados
El acuerdo contempla la posibilidad de eximir del pago de determinadas tasas administrativas a las personas afectadas. Entre ellas se encuentran las tasas de la Jefatura Central de Tráfico por la expedición de duplicados de permisos de circulación o de conducción y por la baja de vehículos siniestrados. También se podrá aprobar la exención de la tasa correspondiente a la expedición del Documento Nacional de Identidad.
La aplicación de estas medidas deberá concretarse posteriormente y estará vinculada a la acreditación de que la pérdida o el deterioro de los documentos o vehículos se produjo como consecuencia de la emergencia.
Contratos y obras de emergencia
El acuerdo permite que los contratos destinados a reparar o mantener infraestructuras, equipamientos y servicios afectados sean considerados contratos de emergencia, con independencia de su cuantía, siempre que exista un acuerdo previo del órgano de contratación conforme a la Ley de Contratos del Sector Público.
Esta vía podrá utilizarse para obras de reposición de bienes dañados, servicios de reparación y trabajos de valoración de daños. Su finalidad es agilizar la recuperación de servicios esenciales y evitar que la tramitación ordinaria retrase intervenciones consideradas urgentes. También se podrá declarar urgente la ocupación de bienes afectados por expropiaciones vinculadas a estas obras, conforme a la Ley de Expropiación Forzosa.
Declaración que afecta a 14 comunidades
Los nueve incendios de Ávila forman parte de una relación estatal de 211 episodios ocurridos en Andalucía, Aragón, Illes Balears, Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Galicia, La Rioja, Madrid, Navarra, País Vasco, Murcia y la Comunitat Valenciana.
Aunque los incendios forestales representan la mayoría de los sucesos incluidos, el acuerdo incorpora también fenómenos meteorológicos adversos, inundaciones, accidentes en el transporte de mercancías peligrosas, incendios industriales e incidentes en instalaciones químicas.
El periodo analizado comprende las emergencias producidas entre el 31 de marzo y el 27 de julio, aunque se ha añadido también el episodio de fuertes vientos asociado a la borrasca Marta, comunicado en Cataluña el 9 de febrero y no incluido en anteriores declaraciones aprobadas por el Gobierno.
Tras la declaración, el siguiente paso será la evaluación y acreditación de los daños sufridos en los territorios afectados. Los distintos ministerios deberán concretar las medidas fiscales, laborales, sociales y administrativas que podrán aplicarse, mientras particulares, empresas y ayuntamientos tendrán que documentar los perjuicios para acceder a las líneas de ayuda correspondientes.
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