Según los datos aportados por la Subdelegación, que recuerda la obligación de comunicar estos vuelos, de los 31 expedientes tramitados, seis lo fueron en 2024, mientras que en 2025 la cifra subió a 18. En lo que va del año 2026, este número se sitúa en siete, sin que haya comenzado el verano.
Una vez recibida la denuncia, se inicia el correspondiente procedimiento administrativo, notificando a la persona interesada los hechos, la infracción y la sanción propuesta. La normativa contempla la posibilidad de acogerse al procedimiento abreviado, que permite reducir el importe de la sanción en un 50% mediante su abono en el plazo de quince días hábiles desde la notificación. Esta opción, que implica la terminación del procedimiento sin resolución expresa, es la más habitual entre las personas sancionadas.
Es una exigencia obligatoria comunicarlo, cuando los vuelos se realicen en entornos urbanos o sobre concentraciones de personas, de manera que su incumplimiento puede conllevar sanciones de entre 601 y 30.000 euros
Perfil de los infractores: más extranjeros
Entre los expedientes analizados destaca el peso de ciudadanos extranjeros, que representan el 42% de los denunciados. En muchos casos se trata de visitantes que, aun disponiendo de habilitación para el uso de drones en sus países de origen, desconocen la obligación específica de comunicar los vuelos en España cuando se realizan en entornos urbanos o sobre concentraciones de personas.
Asimismo, el 26% de las notificaciones se han dirigido al extranjero por no constar residencia en territorio nacional, un dato que refleja el componente turístico asociado a este tipo de infracciones.
La Subdelegación del Gobierno en Ávila recuerda la obligación de comunicar previamente los vuelos de drones que se realicen en entornos urbanos o sobre concentraciones de personas, especialmente en el contexto de eventos, festivales y actividades multitudinarias, coincidiendo con el incremento de este tipo de operaciones durante los meses de verano.
Esta exigencia, vinculada a la protección de la seguridad ciudadana, cobra especial relevancia en un periodo en el que aumenta tanto la afluencia de visitantes como la celebración de actividades al aire libre.
Normativa
La normativa establece la necesidad de efectuar dicha comunicación con una antelación mínima de cinco días cuando concurran este tipo de circunstancias. El incumplimiento de esta obligación está tipificado como infracción grave en el artículo 36.20 de la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana, relativo a la omisión de comunicaciones obligatorias en actividades con incidencia en la seguridad. Estas infracciones pueden conllevar sanciones de entre 601 y 30.000 euros.
Desde finales de 2024, la actividad de control se ha visto reforzada por la actuación de la Unidad de Seguridad y Protección Aérea de la Comisaría de Policía Nacional en Ávila, que dispone de un sistema de detección de vuelos de drones capaz de identificar su ubicación y características en tiempo real. Este recurso permite comprobar la realización de vuelos en entornos urbanos o sobre concentraciones de personas y facilita la intervención policial en los casos en los que no se ha cumplido con la comunicación previa exigida.
El subdelegado del Gobierno, Fernando Galeano, insiste en la importancia de un uso responsable de los drones, especialmente en escenarios con presencia significativa de público, donde pueden generarse riesgos para la seguridad o interferencias con otros dispositivos.
En este sentido, recomienda a quienes tengan previsto realizar este tipo de actividades que se informen previamente de las condiciones y obligaciones aplicables, con el fin de garantizar el desarrollo seguro de eventos y la protección de las personas.
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