Del Viernes, 05 de Junio de 2026 al Lunes, 08 de Junio de 2026
El Ayuntamiento de Santa Cruz del Valle ha explicado los motivos que llevaron a revocar la autorización concedida a la Plataforma por el Hospital Comarcal en el Valle del Tiétar para utilizar un local municipal, que este colectivo criticó.
En la respuesta a la plataforma, el alcalde, Pedro Martín Rodríguez, asegura que la medida adoptada no responde a ninguna limitación de los derechos de reunión, expresión o participación ciudadana, sino al “incumplimiento” de las condiciones bajo las que se había solicitado y autorizado el uso de las instalaciones municipales.
En un comunicado, explica que la petición registrada el 25 de mayo hacía referencia a una reunión de carácter informativo y organizativo. Sin embargo, posteriormente se habría constatado que la actividad contemplaba la celebración de una “asamblea consultiva” mediante urnas y papeletas de votación para pronunciarse sobre un hospital comarcal, por lo que considera que esa circunstancia suponía una modificación sustancial de la finalidad para la que se había concedido la autorización y sostiene que dicha variación no fue comunicada durante la tramitación de la solicitud.
“Todo uso de bienes de dominio público debe ajustarse estrictamente a la finalidad declarada en la solicitud que motiva su autorización”, señala el alcalde, que añade que “la transformación unilateral de una reunión informativa en un procedimiento de votación constituye una alteración sustancial del objeto autorizado”.
Por este motivo, considera que no se prohibió la celebración de una reunión vecinal ni de un acto informativo, sino únicamente la utilización de instalaciones municipales para una actividad distinta a la inicialmente comunicada.
El Consistorio cuestiona la votación
Otro de los argumentos expuestos por el regidor hace referencia a las condiciones en las que, según sostiene, iba a desarrollarse la consulta promovida por la plataforma. El comunicado indica que no existía un censo oficial ni un mecanismo verificable para controlar la participación y asegura que las explicaciones facilitadas por los organizadores resultaban contradictorias respecto al ámbito territorial de la consulta y a los criterios que determinarían quién podía votar.
Asimismo, el alcalde afirma que la propia plataforma reconoció que el recuento de votos sería realizado por los organizadores del proceso, circunstancia que, a juicio de la corporación, “carecía de mecanismos independientes de supervisión”. “Quienes promovían la consulta actuaban simultáneamente como organizadores, responsables del procedimiento y encargados del escrutinio”, apunta.
El comunicado también pone el foco en el tratamiento de los datos personales de los participantes porque, según el alcalde, la comprobación de la condición de vecino mediante documentación identificativa no iba acompañada de información suficiente sobre las garantías exigidas por la normativa de protección de datos, como la identificación del responsable del tratamiento, la finalidad de la recogida de información o la base jurídica que legitimaría dicho tratamiento.
“El Ayuntamiento no puede permitir que en instalaciones municipales se desarrollen actuaciones susceptibles de generar tratamientos de datos personales carentes de las garantías legalmente exigibles”, señala el alcalde, quien sostiene que la celebración de una consulta sobre una cuestión ya debatida en el pleno municipal “podía interpretarse como un intento de cuestionar una decisión previamente adoptada por el órgano de representación democrática del municipio”.
Consulta sin garantías
En este sentido, el Ayuntamiento reconoce que las discrepancias forman parte de la normalidad democrática, pero considera que las consultas organizadas sin cobertura legal y sin las garantías que, a su juicio, deberían exigirse “no constituyen el mecanismo adecuado para sustituir o contradecir las decisiones adoptadas por los representantes elegidos por los vecinos”.
Entre los aspectos recogidos en el comunicado figura también la utilización del logotipo oficial del Ayuntamiento en la cartelería difundida por la plataforma. Considera que dicho uso se realizó sin autorización expresa y entiende que podía generar entre los ciudadanos la impresión de que la actividad contaba con respaldo institucional. “Dicha actuación podía inducir razonablemente a los ciudadanos a pensar que la consulta contaba con el respaldo, organización o aval institucional del Ayuntamiento”, señala el alcalde.
La corporación municipal también critica diversos aspectos formales de la documentación remitida por la plataforma durante el intercambio de comunicaciones. Entre otras cuestiones, señala que la respuesta enviada al requerimiento municipal carecía de determinados elementos identificativos y que se realizaron anotaciones sobre el propio documento remitido por la Administración.
Además, el Ayuntamiento destaca que en la contestación recibida se hacía referencia al municipio de “Santa María del Valle” en lugar de Santa Cruz del Valle. “Aunque pudiera alegarse que se trata de un error material, no deja de evidenciar una preocupante falta de atención y rigor”, sostiene el alcalde.




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