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Audiencia Provincial de Ávila. La sentencia recoge que el acusado reconoció los hechos y ha alcanzado un acuerdo de conformidad con la Fiscalía y la acusación particular antes de la celebración del juicio oral, que tenía previsto celebrarse la semana pasada y fue cancelado.
El fallo considera probado que el condenado aprovechó la relación familiar existente con la víctima para realizar varios tocamientos de carácter sexual cuando la joven tenía menos de 16 años y también después de haber alcanzado esa edad.
La resolución judicial describe tres episodios diferenciados. El primero ocurrió en el verano de 2023, durante una parrillada organizada por una asociación taurina en una localidad de la provincia. Según la sentencia, el acusado abordó por detrás a la menor mientras colocaba servilletas en una mesa e “introdujo su mano por la parte trasera en el interior del pantalón” para tocarle un glúteo. La acción cesó cuando apareció la madre de la joven.
El segundo episodio tuvo lugar en agosto de ese mismo año, también durante una actividad organizada por la misma asociación. El tribunal considera acreditado que el hombre abrazó a la menor y volvió a introducir la mano en el interior del pantalón para tocarle un glúteo. La víctima reaccionó “dándole un codazo y diciéndole que parara”, tras lo cual el acusado abandonó el lugar.
La tercera agresión se produjo el 14 de noviembre de 2023 en la cocina de una vivienda familiar. En ese momento la víctima ya había cumplido 16 años. La sentencia señala que el acusado se acercó a la joven, la abrazó, introdujo la mano “por dentro de la ropa interior”, le tocó “sus partes íntimas” y le dio “un beso en la boca” mientras le preguntaba “si quería ser su novia”. El fallo añade que la víctima le pidió que parara y que el acusado solo detuvo la conducta cuando apareció un niño de cuatro años.
Estrés postraumático
La sentencia sostiene que, como consecuencia de las agresiones sexuales, la víctima sufrió “daños psíquicos consistentes en trastorno de estrés postraumático”.
Además, la resolución recuerda que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Arévalo acordó ya en noviembre de 2023 una orden de alejamiento que prohibía al acusado aproximarse a la joven a menos de 200 metros y comunicarse con ella por cualquier medio.
Inicialmente, la Fiscalía solicitaba seis años de prisión para el acusado por un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años y otro delito de agresión sexual. La acusación particular reclamaba al menos cinco años de cárcel. Sin embargo, antes de la vista oral, Ministerio Fiscal, acusación particular y defensa presentaron un escrito conjunto de conformidad. En ese acuerdo se aplicó la circunstancia atenuante muy cualificada de reparación del daño después de que el acusado indemnizara anticipadamente a la víctima con 6.000 euros.
La sentencia recoge expresamente que el acusado manifestó “su conformidad con los hechos por los que se le acusaba, con su calificación jurídica y con las penas y consecuencias accesorias solicitadas”, motivo por el que todas las partes consideraron innecesaria la celebración del juicio oral.
Además de la pena de prisión, la Audiencia Provincial impone al condenado una medida de libertad vigilada durante seis años tras el cumplimiento de la condena. También le inhabilita durante 15 años para desempeñar profesiones, oficios o actividades que impliquen contacto habitual con menores.
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