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Ayuntamiento de El Tiemblo. La resolución concluye que el Consistorio tembleño no ha acreditado haber facilitado la información solicitada y recuerda que el derecho de acceso de los cargos electos constituye un elemento esencial para el control democrático de la gestión municipal.
El origen del conflicto se sitúa en las múltiples solicitudes registradas durante 2024 por el concejal, relativas a diversas cuestiones, entre ellas subcontrataciones con maquinaria pesada, gastos de eventos, convenios, personal municipal o contratos de servicios.
Según la resolución, dichas peticiones deben considerarse estimadas por silencio administrativo, lo que implica el reconocimiento del derecho a acceder a la información. Sin embargo, ese reconocimiento “carece de efectividad” si la documentación no se entrega materialmente.
La Comisión de Transparencia subraya que el Consistorio no ha podido demostrar de forma fehaciente que facilitara el acceso, recordando que “corresponde al Ayuntamiento la carga de procurarse una prueba fehaciente e indubitada” de dicha entrega. Además, el organismo considera insuficiente la justificación municipal basada en reuniones informales con técnicos, al no existir constancia documental del acceso efectivo a los expedientes solicitados.
Derecho de los concejales
El órgano autonómico recalca que el derecho de acceso a la información de los concejales está vinculado directamente al artículo 23 de la Constitución, como parte del ejercicio de la representación política. En este sentido, la resolución recuerda que “el derecho de acceso a la información pública (…) es un derecho fundamental que tienen todos los concejales, tanto quienes forman parte del equipo de Gobierno, como quienes se encuentran en la oposición”.
Asimismo, insiste en que cualquier limitación debe interpretarse de forma restrictiva y debidamente justificada. De hecho, rechaza el argumento del Ayuntamiento que negaba el acceso a los cuadrantes de la Policía Local por “cuestiones de seguridad”, al considerar que no se ha acreditado ningún riesgo real.
Documentación exigida
La resolución obliga al Ayuntamiento de El Tiemblo a facilitar un amplio listado de información, entre la que destacan los contratos y seguros de empresas subcontratadas, gastos de gestión de El Castañar en 2023, convenio con la reserva del Valle de Iruelas, datos sobre plantilla municipal y bolsas de empleo, gastos de la Feria de Abril 2023 y Feria Flamenca 2024, contratos de servicios, incluida la dirección de la banda de música, cuadrantes de la Policía Local, y subvenciones a asociaciones y transferencias municipales. Además, el organismo establece que, en caso de que algún documento no exista, el Ayuntamiento deberá comunicarlo expresamente, evitando el silencio administrativo o respuestas ambiguas.
Tras la resolución, el grupo municipal Nuestra Tierra ha cargado contra la actuación del alcalde, Arturo Varas, de Por Ávila, que gobierna en minoría, al que acusa de “bloquear la transparencia municipal” y mantener una actitud “obstruccionista e incompatible con la democracia”, porque durante meses se había “negado, retrasado y obstaculizado de manera deliberada la entrega de documentación esencial para la fiscalización municipal”.
“La propia Comisión de Transparencia ha constatado que, bajo orden directa del alcalde, se llegó incluso a citar para la entrega de información y, posteriormente, denegarla sin justificación alguna”, ha señalado García Carretero. Entre sus exigencias figuran el cumplimiento inmediato de la resolución, el cese de lo que califican como prácticas antidemocráticas y la depuración de responsabilidades políticas.
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