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Audiencia Provincial de Ávila. Según las conclusiones provisionales del ministerio público, además de la pena de prisión, se solicita la prohibición de que el acusado se acerque a menos de 200 metros de la víctima durante los cinco años posteriores al cumplimiento de la condena. Asimismo, plantea la imposición de una medida de libertad vigilada durante ocho años tras la salida de prisión, y una inhabilitación especial para profesiones u oficios que impliquen contacto directo y regular con menores durante un periodo superior en cinco años a la pena privativa de libertad.
En concepto de responsabilidad civil, la Fiscalía reclama una indemnización de 10.000 euros para la denunciante por “los daños morales y psicológicos causados”.
De acuerdo con el relato del ministerio público, los hechos ocurrieron en torno a las 3 horas de la madrugada del 14 de junio de 2024, cuando el acusado acompañó a una joven mayor de edad, con la que “no tenía ninguna relación previa”, después de que ambos se conocieran minutos antes. La denunciante, según recoge la acusación, se encontraba “sentada en un banco un poco indispuesta por la ingesta de bebidas alcohólicas”.
Siempre según estas conclusiones provisionales, el procesado acompañó a la joven a orinar en el parque de San Antonio, donde, con los pantalones bajados, “le ayudó a apartar el body que en ese momento portaba, para que orinara con más facilidad”, una acción que habría sido “consentida” por la mujer.
La Fiscalía sostiene que, una vez que la denunciante había terminado, el acusado actuó “de manera sorpresiva, con ánimo libidinoso de satisfacer su apetito sexual y de atentar contra la indemnidad sexual” de la joven y “sin su consentimiento, le introdujo los dedos en la vagina, manteniéndolos dentro de la misma durante un breve lapso temporal hasta que la denunciante se levantó”. “Ante dicha acción repentina, la denunciante se quedó paralizada, no pudiendo reaccionar”, añade el escrito de acusación, que considera estos hechos constitutivos de un delito de agresión sexual.
Por su parte, la defensa del acusado solicita la libre absolución del acusado, indicando que “se sustenta exclusivamente en las manifestaciones de la denunciante y los dos acompañantes de su entorno íntimo personal, sin que exista elemento probatorio objetivo alguno que permita acreditar, más allá de la duda razonable, la veracidad de lo denunciado".
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