Día Jueves, 26 de Marzo de 2026
La Junta de Castilla y León, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, ha declarado peligro medio de incendios forestales en las nueve provincias de la Comunidad desde el viernes hasta el lunes 6 de abril.
La previsión meteorológica actual indica que durante los próximos días se producirán humedades relativas mínimas por debajo del 30%, vientos por encima de los 30 kilómetros por hora e inestabilidad atmosférica en capas bajas.
Según la Administración autonómica, estas condiciones conllevan "un aumento de la probabilidad de ignición", así como de "la propagación, elevando el peligro de incendios forestales por encima de la media esperada".
Por ello, solicita a la población "colaboración" para que "extreme la prudencia" en sus actividades de trabajo y ocio al aire libre para evitar situaciones de riesgo que puedan producir un incendio forestal.
Esta declaración implica que se reforzarán los medios del operativo INFOCAL para atajar los conatos que puedan producirse. Se ha reforzado el personal de guardia, tanto de agentes medioambientales como de técnicos especialistas en extinción; se mantienen cuadrillas helitransportadas en todas las bases y todas las autobombas. También hay activadas cuadrillas terrestres, unidades de brigada y autobomba y retenes de maquinaria.
Con efecto de esta declaración entran en vigor las medidas preventivas específicas establecidas para esta época de peligro, estableciéndose medidas preventivas en Castilla y León.
Suspensión de quemas
En este sentido, se suspenden las autorizaciones concedidas para estas fechas de quema en monte y en los terrenos rústicos a menos de 400 metros del mismo, quema de matorral, de pastos, restos agrícolas, forestales y otros restos de vegetación.
Sí podrán hacerse, como hasta ahora, las quemas de restos vegetales acumulados en pequeños montones situados en terrenos labrados, huertos y prados, que requieren comunicación al Servicio Territorial de Medio Ambiente, pero con una antelación mínima de 48 horas respecto a la fecha de realización de la quema y el aviso al agente medioambiental de la zona antes de iniciar la quema.
El lanzamiento de cohetes, globos o artefactos de cualquier clase que contengan fuego requiere de la correspondiente autorización. No existen restricciones específicas en este periodo para las labores agrícolas.




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