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Aparcamiento para personas con movilidad reducida. Me dirijo a usted como vecino de Ávila y como persona con movilidad reducida, titular de la tarjeta PMR, instrumento imprescindible para poder desarrollar mi vida cotidiana con una mínima normalidad.
Con anterioridad a esta carta, ya me dirigí a usted directamente para exponer esta situación, sin haber obtenido respuesta hasta la fecha.
En los últimos meses he recibido varias denuncias relacionadas con su uso. Ninguna de ellas fue formulada por un agente de la Policía Local, sino por un vigilante de la ORA, bajo la inculpación de “no exhibir la tarjeta”.
Sin embargo, la realidad es que la tarjeta se encontraba colocada en el salpicadero del vehículo y era visible desde el exterior, tal como exige la normativa. Así lo acredité mediante una fotografía tomada en el mismo momento en que encontré la denuncia.
A pesar de ello, tras interponer el correspondiente recurso de reposición, este ha sido desestimado mediante resolución firmada por el secretario municipal, manteniéndose la sanción sin que, a mi entender, se haya valorado adecuadamente la prueba aportada.
Conviene recordar que la presunción de veracidad de las denuncias no es absoluta y puede ser desvirtuada mediante prueba en contrario, como ha señalado reiteradamente la jurisprudencia. En este caso, existe un elemento objetivo que cuestiona la realidad de la infracción.
Más allá del caso concreto, considero necesario hacer una reflexión: la movilidad reducida no es un privilegio ni un capricho. Es una circunstancia que condiciona la vida diaria de muchas personas, que dependen de herramientas como la tarjeta PMR para poder desplazarse con normalidad.
Por ello, cuando se cuestiona injustamente su utilización, no solo se genera una situación de indefensión, sino que también se pone en duda la buena fe de quienes hacemos un uso legítimo de este derecho.
He decidido abonar la sanción dentro del plazo del decreto que desestima mi recurso de reposición. No porque la considere ajustada a derecho, sino porque no resulta proporcionado acudir a la vía judicial por una cuantía de 30 euros. Esta circunstancia, en sí misma, debería invitar a la reflexión.
No se trata de una cuestión económica, sino de confianza en las instituciones, de seguridad jurídica y de la necesidad de que las normas se apliquen con rigor, pero también con sensibilidad.
Confío en que el Ayuntamiento de Ávila valore esta situación y reflexione sobre la aplicación práctica de estas medidas, para garantizar que la protección de la movilidad reducida sea real y efectiva.
Oficina en Ávila de Caja Rural de Salamanca
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