A la vez, se investiga al adulto que la acompañaba, por considerarle cooperador necesario en la comisión del delito.
Los hechos ocurrieron durante el pasado fin de semana, cuando una patrulla de la Guardia Civil realizaba labores de vigilancia del tráfico en las carreteras de su demarcación. Los agentes observaron un ciclomotor ocupado por dos personas que circulaban sin hacer uso del preceptivo casco de protección. Al proceder a su identificación, comprobaron que quien conducía era una menor de edad que carecía de cualquier tipo de autorización administrativa para manejar este tipo de vehículos.
Según establece el Reglamento General de Conductores, la edad mínima para obtener el permiso de conducción de la clase AM, que habilita para la conducción de ciclomotores de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros, es de 15 años cumplidos. A pesar de haber alcanzado esa edad, la menor investigada no había obtenido nunca el permiso, lo que motivó la actuación policial.
Por este motivo, se procedió a la investigación de la menor por la comisión de un presunto delito contra la seguridad vial por conducción de un vehículo a motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca el permiso de conducción. Asimismo, se ha imputado al acompañante adulto como cooperador necesario en la comisión del delito.
El artículo 384 del Código Penal contempla penas de prisión de tres a seis meses, multas de 12 a 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de entre 31 y 90 días para quienes conduzcan un vehículo a motor sin haber obtenido nunca el permiso o licencia de conducción, entre otros supuestos. La misma responsabilidad penal alcanza a quienes hayan sido privados del permiso por decisión judicial o por pérdida total de puntos.
Jenifer | Jueves, 02 de Octubre de 2025 a las 09:27:46 horas
Y los patinetes eléctricos "pa cuando".
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