Imagen de archivo de una empleada fichando en una empresa. Imagen de archivo de una empleada fichando en una empresa.

Ha entrado en vigior en agosto

Nuevo sistema de flexibilidad horaria para el personal administrativo en Diputación

Ávilared Ver comentarios 3 Jueves, 07 de Agosto de 2025 Tiempo de lectura:

La Diputación de Ávila ha aprobado un acuerdo que regula un régimen de flexibilidad horaria para el personal administrativo de la institución y sus organismos autónomos.

La medida, ratificada por el pleno de junio, ha entrado en vigor el 1 de agosto. El acuerdo responde a lo dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Público y en la Directiva europea 2019/1158 sobre fórmulas de trabajo flexible. El objetivo es favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de los empleados públicos con hijos menores de 12 años o a cargo de personas dependientes, según la normativa.


Se trata de medidas que “dotan de base jurídica legal a la conciliación, garantizando la uniformidad en su aplicación y su carácter básico para los cuidadores de personas que necesiten atención por motivos médicos graves”


El nuevo régimen se aplicará a todo el personal que preste servicio en dependencias administrativas y que se encuentre en servicio activo. Quedan excluidos quienes trabajan en centros con régimen de turnos o jornada partida, así como quienes realizan atención directa a usuarios, como el personal del Centro Residencial Infantas Elena y Cristina, el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios (SPEIS) o los servicios sociales


Horarios y condiciones
La jornada semanal seguirá siendo de lunes a viernes, de 8 a 15 horas, pero incorpora tramos flexibles: la entrada entre las 7,30 y las 9 horas; y la salida entre las 14 y las 18,30, de lunes a jueves, y hasta las 16, 30 los viernes.
La parte fija del horario, de obligada presencia, se mantiene entre las 9 y las 14 horas. El cumplimiento de la jornada mensual será obligatorio y estará controlado mediante un sistema mecanizado de fichajes


En caso de que todos los empleados de una unidad no puedan acogerse a la flexibilidad por necesidades del servicio, tendrán prioridad quienes tengan a su cargo menores de 12 años, personas mayores dependientes, familiares con discapacidad o sean víctimas de violencia de género, conforme a la Ley Orgánica 1/2004.


El personal interesado deberá comunicarlo por escrito al Servicio de Recursos Humanos, con la conformidad del jefe de servicio correspondiente. Las denegaciones deberán ser motivadas y notificadas por escrito, remitiéndose copia a Recursos Humanos.

 

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