Del Sábado, 06 de Septiembre de 2025 al Miércoles, 10 de Septiembre de 2025
La Audiencia Provincial de Ávila ha ratificado la sentencia impuesta a un hombre, de una multa de 600 euros y la reparación de daños, tras un conflicto vecinal por un muro divisorio.
Se trata de un caso ocurrido en Cebreros, en el que un vecino ha sido condenado por u delito leve de coacciones contra su vecina en el marco de un prolongado conflicto por un muro divisorio entre sus respectivas propiedades. La sentencia desestima el recurso de apelación interpuesto por el acusado y ratifica la resolución del Juzgado de Instrucción número 3 de Ávila, que data de finales de 2024.
Los hechos se remontan a los meses de julio y agosto de 2023. Según recoge el fallo judicial, el acusado, cuya vivienda colinda con la de la denunciante, comenzó a arrojar “restos de comida (fundamentalmente espinas de pescado) y excrementos” desde su terraza al patio de la propiedad de la vecina. Estas acciones ocurrieron en varias ocasiones: el 9 de julio y el 8 de agosto lanzó restos de comida, mientras que el 14 y el 22 de agosto vertió excrementos.
Además, el 24 de agosto de 2023 rompió varias tejas del tejado que separa ambas fincas, cumpliendo con una advertencia que había realizado previamente. Según recogió el juzgado en su sentencia, el acusado manifestó a la denunciante que “iba a romper una teja por cada día que pasara sin solucionar el problema del muro”.
Alterar la tranquilidad
Este comportamiento fue interpretado en la sentencia como una conducta reiterada con el objetivo de alterar la tranquilidad de la denunciante y su esposo, así como de forzar la retirada del muro, cuya propiedad es objeto de disputa.
El Juzgado de Instrucción número 3 de Ávila condenó inicialmente al hombre por un delito leve de coacciones. La pena impuesta fue una multa de 600 euros y una responsabilidad personal subsidiaria de un día de prisión por cada dos cuotas impagadas. Asimismo, se le ordenó reparar las tejas dañadas y abonar las costas del procedimiento.
El condenado recurrió la sentencia solicitando la reducción tanto de la duración de la pena como de la cuantía de la multa, proponiendo una sanción mínima de 60 euros. Alegó vulneración del principio de individualización de la pena, así como desproporción en la sanción impuesta.
La Audiencia Provincial, sin embargo, confirma la condena y desestima todos los motivos del recurso y considera que la reiteración de la conducta por parte del acusado y la finalidad perseguida, como es perturbar a los vecinos y coaccionarlos para modificar el muro, justifican la imposición de la pena en su grado medio.
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