La Fiscalía sostiene que la mujer habría cometido los hechos delictivos aprovechándose de su posición como empleada del hogar de una pareja, de 74 y 75 años, en situación de "dependencia y especial vulnerabilidad". Los hechos ocurrieron entre agosto de 2021 y octubre de 2022, periodo en el que la mujer tuvo acceso tanto a las claves de las tarjetas bancarias como a las libretas de ahorro de las cuentas de sus empleadores.
Según la acusación, la empleada utilizó dicha información para realizar numerosos reintegros no autorizados en cajeros automáticos, apropiándose de un total de 86.400 euros. El ministerio fiscal clasifica estas acciones como constitutivas de un delito de estafa según los artículos 248 y 250.1, apartado quinto del Código Penal.
Confianza
La acusación particular, presentada por los perjudicados, detalla que la acusada comenzó a trabajar en el domicilio en enero de 2021 como empleada del hogar y cuidadora. En ese momento, los empleadores, de 75 y 74 años, se encontraban en situación de dependencia por discapacidad, y ella aprovechó la confianza depositada en ella para acceder a las cuentas bancarias de los empleadores y retirar dinero de forma continuada.
La acusación particular también señala que todo el dinero sustraído en juegos de bingo, a los que acudía de con una frecuencia diaria, según la investigación policial. Este comportamiento fue detectado por hija de las víctimas, quien descubrió las operaciones bancarias no autorizadas en octubre de 2022 y denunció los hechos ante la Policía Nacional. Además, consta en la investigación que la acusada habrá reconocido los hechos mediante comunicaciones de Wasap.
El fiscal y la acusación particular coinciden en calificar los hechos como delito continuado de estafa agravada, de acuerdo con los artículos 248, 249 y 250.1, apartado 1 del Código Penal. En consecuencia, ambas partes solicitan para la acusada una pena de prisión de cinco años, por parte del ministerio fiscal, y seis años para la acusación particular, además de la devolución de 86.400 euros más los intereses legales por los daños económicos causados.
Libre absolución
Por su parte, la defensa niega los cargos y sostiene que no se ha cometido delito alguno. En su argumentación, indica que actuó bajo consentimiento de los empleadores, quienes presuntamente le pedían que les acompañara al cajero o realizara operaciones en su nombre. Además, la defensa asegura la empleada no fue registrada oficialmente como trabajadora y que no existía un contrato laboral vigente entre las partes.
Según la versión de la defensa, las disposiciones de efectivo no tenían como finalidad un beneficio económico personal ni responden a un ánimo de enriquecimiento ilícito, por lo que solicitan la absolución total de los cargos.
El juicio por este caso se celebrará el próximo miércoles en la Audiencia Provincial de Ávila.
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