Día Domingo, 21 de Septiembre de 2025
El Tribunal de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha condenado a la fábrica de Arévalo Plastic Omnium por vulneración de derechos, declarando nulo el ERTE aplicado a 350 personas en 2023 de los 500 trabajadores que tiene la planta.
Un ERTE que se aplicó por un máximo de diez días por persona ante una posible reducción de la producción. Y es que tal como ha detallado el secretario de Política Industrial de la Federación de Industria de Comisiones Obreras de Castilla y León, Miguel Ángel Brezmes, los clientes principales -como la automoción- “habían anunciado que podía haber disminución y que incluso era evitable este ERTE, era evitable totalmente”, porque según explica Brezmes, existe una bolsa de flexibilidad para resolver esas pequeñas fluctuaciones de producción.
Y es que ante esa posibilidad de que pudiese disminuir la producción “las empresas a veces se asustan cuando y quieren tener ERTEs preventivos”, ha manifestado Brezmes, que los califica como una mala medida para los trabajadores, ya que consumen sus prestaciones y cobrando menos, mientras a la empresa le otorga más flexibilidad a un coste “muy contenido” porque la prestación la paga el Servicio Público de Empleo.
Además, según han denunciado desde CCOO, el ERTE se “comenzó a negociar en fraude de ley” porque solo se permitió a un miembro de CCOO -sindicato mayoritario- estar en la mesa negociadora, de los seis representantes sindicales que la formaban: uno del CSIF, dos de UGT y otros dos de USO, a pesar de ser 13 los miembros que forman el Comité de Empresa: cinco de CCOO, 1 de CSIF, cuatro de UGT y tres de USO.
Una representación que para CCOO “no tiene mucho sentido”. “No se puede reducir una comisión negociadora de 13 a 6, y que sean 6 personas las que decidan. Que si es por acuerdo, puede ser, pero no que la mayoría del comité de empresa recaiga solo en una única persona”, ha manifestado Brezmes, quien ha explicado que dicha representación “podía generar problemas, porque lo íbamos [CCOO] a demandar”, por “coartar la libertad sindical y vulnerar un derecho fundamental”. A pesar de todo ello, el ERTE concluyó con un acuerdo del resto de sindicatos.
Condenados también los tres sindicatos
Ante el rechazo a esta medida, CCOO lo denunció, fallando desfavorable en primera instancia y en posteriores recursos, pero que ahora el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha dado la razón a CCOO, condenando a los otros tres sindicatos -UGT, USO y CSIF- a indemnizar a CCOO con 2500 euros por vulnerar el derecho fundamental de la libertad sindical.
Además, el TSJCyL también ha declarado nulo el ERTE, por lo que una vez que la sentencia sea firme, la empresa deberá pagar al Servicio Público de Empleo las prestaciones que han obtenido los afectados por el ERTE, así como también deberá pagar a los trabajadores los salarios correspondientes a la diferencia pagada entre el Servicio Público de Empleo y lo que hubiesen cobrado si no hubieran estado en ERTE. Todo ello supondrá que la empresa tenga que afrontar una “cantidad importante de dinero”, aún “no cuantificada”, pero que alcanzará “cientos de miles de euros”, según el secretario de política industrial de CCOO.
Todo ello ha dado lugar a una sentencia atípica y es que cabe la posibilidad de presentar un recurso de casación por unificación de doctrina, es decir, “si hay una sentencia igual que se pueda aportar para demostrar que el alto tribunal no tiene razón”, pero CCOO advierte que “no existe, no la hay, porque no es algo habitual”.
Y es que CCOO ya denunció a Plasctic Omnium el pasado año por contratos eventuales que obligaron a hacer indefinidos. Además, actualmente se está a la espera de que la inspección de trabajo resuelva contratos en relación a las Empresas de Trabajo Temporal, pues se han llegado a alcanzar hasta unas 200 personas contratadas por estas empresas.
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