Del Sábado, 06 de Septiembre de 2025 al Miércoles, 10 de Septiembre de 2025

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimado parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de Poyales del Hoyo contra la Secretaría General Técnica de la Subdirección General de Recursos, Reclamaciones y Relación del Ministerio de Hacienda. Este departamento deberá decidir ahora si el proindiviso se disuelve o continúa.
El recurso se originó debido a la inadmisión de una solicitud de nulidad presentada por el Ayuntamiento contra un acuerdo de la Gerencia Territorial del Catastro de Ávila que afectaba directamente al denominado proindiviso Arenas de San Pedro-Candeleda, el territorio que Poyales exige como su término municipal porque en la actualidad se limita a poco más que el casco urbano de la localidad, siendo uno de los más pequeños de España.
Y es que la decisión del Catastro disolvía el proindiviso de Arenas-Candeleda, y lo repartía a mitades entre los términos municipales de Arenas de San Pedro y Candeleda, sin conceder ninguna parte al Ayuntamiento de Poyales del Hoyo. El territorio abarca 8.781 hectáreas.
El núcleo de la disputa radica en el acuerdo de la Gerencia Territorial del Catastro de Ávila, fechado el 22 de febrero de 2011, que, sin previa notificación al Ayuntamiento de Poyales del Hoyo ni a los propietarios afectados, reasignó parcelas del proindiviso entre los municipios de Arenas de San Pedro y Candeleda.
Esta acción fue tomada sin un procedimiento adecuado ni la participación de todos los interesados, afectando derechos fundamentales y la gestión territorial de Poyales del Hoyo, según ha argumentado el Ayuntamiento hoyanco.
Sin fundamentos
La Sala Novena del Tribunal Superior de Justicia de Madrid se ha pronunciado sobre la resolución impugnada, de la que señalan que carecía de fundamentación suficiente.
El fallo subraya la importancia de incluir a todas las partes interesadas en procesos de alteración catastral, reconociendo al Ayuntamiento de Poyales del Hoyo y a los propietarios de las fincas involucradas como partes afectadas con derecho a ser oídos. La sentencia, al ordenar la tramitación de la solicitud de nulidad de pleno derecho presentada, abre la puerta a una revisión de fondo sobre la legalidad del acuerdo de la Gerencia Territorial del Catastro de Ávila. El acuerdo puede ser recurrido en casación.
Ante esta decisión judicial, el alcalde de la localidad, Juan Carlos Rodríguez Moreno, confía en que el Ministerio de Hacienda anule la resolución del Catastro de Ávila y el proindiviso “vuelva a su existencia administrativa”, pues entiende que el deslinde de 1964 no tuvo ninguna eficacia, “pues no fue aprobado en su día en el Ministerio de Gobernación de España, hoy Ministerio del Interior”.
“Es la ocasión -ha manifestado- para que se nos reconozca que el término municipal, el más pequeño de la provincia, se extienda a todo o parte del proindiviso, ya que es imprescindible para la vida de su pueblo, pues es la Administración más cercana y la más interesada en los servicios públicos de ese territorio, pues afecta a la vida municipal, a la viabilidad de su ayuntamiento y a la supervivencia como municipio”.
Luis de Castro | Jueves, 21 de Marzo de 2024 a las 14:04:34 horas
No acabo de entender el asunto y me parece que es como si Álava, dónde está el enclave de Treviño que es de Burgos pidiera incorporarle a la Comunidad Autónoma Vasca: es la historia. Lo que sí entiendo es que 9000 hectáreas de fincas rústicas deben devengar un buen "pico" por el Impuesto de Bienes Rústico que es un impuesto local que recauda Arenas y Candeleda.
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