Dicha plataforma ha lamentado la “impericia técnica-política” del alcalde arenense, Juan Carlos Sánchez Mesón; del concejal de Protección Civil y Seguridad Ciudadana, Juan Gabriel Moreno Gil; y la “posible irresponsabilidad de su secretario interventor”, en tanto “incumplen las leyes” a la hora de aplicar el SPEIS local.
Esta circunstancia ha sido transmitida al equipo de gobierno del Consistorio arenense la semana pasada, sin que hasta el momento se haya producido “respuesta alguna”.
Aunque la PBPCyL afirma que las administraciones locales “tienen la potestad o competencia de aprobar todo tipo de asociaciones voluntarias e incluso sus reglamentos y asumir su organización”, también considera que debería tener en cuenta, entre otras cuestiones, que la ley de 2 de abril de 1985 estipula que las competencias en materia de extinción de incendios y salvamento en municipios menores de 20.000 habitantes son de las diputaciones.
Tras repasar lo que a su juicio son otros incumplimientos legales en esta materia, esta plataforma entiende que el Consistorio arenense “no está teniendo en cuenta las leyes y, por lo tanto, incumpliéndolas”.
En este sentido, aclara que “las funciones propias de los nomberos (salvamento y extinción, art. 39 de la Ley 4/2007(, solo las pueden realizar bomberos profesionales, nunca personal complementario como son los voluntarios de extinción de incendios (art. 38 de la ley 4/2007)”.
Agentes de la autoridad
Asimismo, apunta que los bomberos profesionales son “agentes de la autoridad (art. 38.2 de ley 4/2007)”, de manera que “el ejercicio de autoridad solo lo pueden ejercer si son funcionarios (art. 14.3 Ley 7/2005)”.
“La existencia de voluntarios de extinción de incendios está contemplada y alentada por la ley, pero bajo unas estrictas normas, como son el altruismo, la inexistencia de contraprestaciones económicas, y la no sustitución de prestaciones de las administraciones públicas, trabajos remunerados…”, afirma la PBPCyL.
En esta línea, advierte de que los voluntarios de Protección Civil “no pueden llevar la nomenclatura de ‘SPEIS’ en sus uniformes y vehículos, porque no lo son".
Además, la plataforma ha informado de que los voluntarios “están fuera de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, con lo que esto pueda conllevar para ellos mismos, las víctimas que pudieran atender y para las condiciones sociales en las que se puedan ver inmersos por razón de su voluntariado”.
“Por todo ello”, apuntan desde la PBPCyL, advierten al alcalde que, de seguir queriendo tener un SPEIS en su localidad", lo haga "de acuerdo a la ley, convocando las plazas de funcionarios debidas mediante oposición o concurso oposición en igualdad, mérito y capacidad".
Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.15