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La directora general de Vivienda explica la convocatoria de ayudas al alquiler.La directora general de Vivienda, Arquitectura, Ordenación del Territorio y Urbanismo, Maria Pardo, ha explicado que la convocatoria de este año se hizo en octubre, con antelación, para que “las familias tranquilamente y sin necesidad de agobios y de formular colas en los ayuntamientos puedan, durante estos meses, a las instituciones que necesiten, para recopilar aquellos datos que tienen que aportar en la solicitud”. “Por ejemplo, el certificado de empadronamiento histórico y colectivo. que siempre viene dando problemas y que genera una necesidad de acudir de forma precipitada a los ayuntamientos”, ha señalado.
En este sentido, ha confiado que el año que viene resuelvan las ayudas en el plazo previsto de seis meses, lo que no sucedió en la última convocatoria. “Veremos si somos capaces” en 2024, ha expresado, aludiendo a que fueron cerca de 25.000 las solicitudes presentadas en Castilla y León.
En la provincia de Ávila se registraron 1.781, de las que se concedieron 1.084, por un importe total de 1.983.163 euros. De esas, 1.084, 570 son hombres y 524 mujeres, y del total 252 son jóvenes.
La convocatoria se abre el 1 de diciembre porque “en esa fecha ya podrán presentar los recibos bancarios de todo el año 2023, y la Administración no se tiene que volver a poner en contacto con ellos, salvo que tengamos que requerirles porque haya alguna documentación errónea o falta algún dato, y, por tanto, la solicitud estará perfectamente presentada y la administración podrá resolver en el menor tiempo posible”.
Además, “este año se ha complicado la resolución porque hemos tenido que tramitar el bono de alquiler joven, que fueron otras 16.000 solicitudes, si bien tuvo un crédito presupuestario limitado, de tal forma que solo pudimos otorgar el bono de alquiler joven a 3.000 jóvenes” y los otros 12.000 “se quedaron sin recibir el bono de alquiler joven, lo que no ha ocurrido con las ayudas que convoca la Junta de Castilla y León”.
Según la directora general, en la nueva convocatoria trabajan “para poder resolverla en los seis meses tradicionales que siempre tiene la Administración para resolver”. La Ley de Procedimiento Administrativo otorga un plazo genérico a la administración máximo de seis meses para resolver, aunque “no la vinculan porque la única obligación jurídica que tiene siempre la administración es la de resolver”. “Si la Administración no resuelve en el plazo genérico de seis meses, inmediatamente surge el silencio administrativo, de tal forma que el particular puede entender estimada o desestimada su solicitud, y en este caso una subvención, se entiende denegada hasta que la Administración responda o aceptada en el caso, por ejemplo, de que solicite una licencia en el que nada más es un reconocimiento de una situación jurídica preexistente”, ha detallado.
Para mejorar respecto a lo sucedido este año, los beneficiarios de la última convocatoria, “si vuelven a hacer la solicitud y no ha cambiado ninguna de sus circunstancias, y siguen teniendo el mismo contrato, los mismos ingresos y en alquiler en la misma vivienda, en vez de presentar una solicitud nueva con todos los requisitos, simplemente presentan un escrito de renovación”. A la Administración le resulta “un trámite muchísimo más fácil y vamos a ser capaces de resolver en mucho menos tiempo”, ha señalado la directora general.
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Uno. | Miércoles, 22 de Noviembre de 2023 a las 19:31:11 horas
Ale jóvenes Voxeros a disfrutar lo votado... mientras tanto los propietarios que si tienen motivos para votarles partiéndose la caja...
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