El hecho ocurrió en la noche de Halloween, a las cuatro horas de la madrugada del miércoles, cuando el Grupo Operativo de Respuesta de la Policía Nacional estableció un control de vehículos en una zona de ocio de la capital, dentro del marco de los dispositivos de prevención para impedir el consumo y la venta de sustancias estupefacientes.
Los agentes detuvieron un vehículo y observaron como uno de los ocupantes sacaba de su cartera una bolsita e intentaba ocultarla en su mano. Una vez comprobado que la sustancia que escondía se trataba de cocaína, fue propuesto para una sanción administrativa por tenencia de sustancias, según la Ley 4/15 de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Al hacer un control superficial de los efectos personales del resto de ocupantes se intervino a uno de ellos siete gramos de cocaína distribuidos en pequeñas bolsas transparentes, así como dinero en billetes fraccionados.
El hombre fue detenido como presunto autor de un delito contra la seguridad pública. Una vez trasladado a dependencias policiales, y tras prestar declaración, fue puesto a disposición de la autoridad judicial.
Sanciones
El consumo o la tenencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en lugares, vías establecimientos públicos o transportes colectivos, es una infracción grave de las tipificadas en la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana, y lleva aparejado una sanción con cuantía económica de un mínimo de 601 euros.
Cuando esas sustancias están destinadas al tráfico, estaríamos hablando de un delito de los recogidos en el Capítulo III del Código Penal ‘De los delitos contra la Salud Pública’ que puede acarrear penas de multa de seis a doce meses, pena de prisión de uno a cuatro años e inhabilitación para la industria, oficio, profesión o comercio por un tiempo de tres a seis años.
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