Del Viernes, 26 de Septiembre de 2025 al Miércoles, 15 de Octubre de 2025
La Junta de Castilla y León ha abierto el plazo para solicitar el bono digital que permitirá acceder a conexiones de alta velocidad a personas o unidades familiares consideradas en situación de vulnerabilidad.
La convocatoria, cuyo plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de septiembre, está dirigida a los perceptores de la Renta Garantizada de Ciudadanía (RGC) o el Ingreso Mínimo Vital (IMV), con el objetivo de lograr que este colectivo se dote de conexiones de banda ancha fija en sus domicilios, o mejore la velocidad de las mismas, con un mínimo de 30 Megabits por segundo (Mbps).
Para llevar a cabo esta iniciativa, financiada con Fondos Europeos NEXT Generation, se cuenta con un presupuesto total de 790.000 euros, que se repartirán en bonos de 240 euros anuales por beneficiario para reducir en 20 euros al mes el coste total del servicio, IVA incluido, que deberá ser prestado, obligatoriamente, por aquellas operadoras que se han inscrito en el registro de colaboradoras, y que son O2 y Lowi.
Los que sean finalmente beneficiarios de este bono social tendrán un mes, a contar desde la fecha de notificación de la resolución positiva, para contratar el servicio o mejorar las prestaciones del existente y mantenerlo como mínimo durante un año.
Toda la información sobre la convocatoria, así como las solicitudes para entrar a formar parte de esta iniciativa, están a disposición de los interesados a través de tramitacastillayleon.jcyl.es y deberán ir acompañadas del certificado de ser perceptor de la RGC o el IMV, el de empadronamiento y una copia del DNI o el NIE, siempre que no se desee que la Junta lo compruebe de forma automática.
La presentación de las solicitudes podrá realizarse de forma telemática, a través de la propia sede electrónica de la Junta, o presencialmente en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como en cualquier otro centro de los que se señalan en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.140