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La sentencia declara la absolución para los tres imputados después de que el fiscal hubiera solicitado 12 años de inhabilitación para cada uno. Solo reconoce que regidor y secretario incumplieron la norma de dar publicidad al concurso para adjudicar los terrenos a urbanizar, pero que ese aspecto debería haberse recurrido en vía contencioso-administrativa, y que sí no se hizo es que nadie habría resultado perjudicado.
Aunque el fiscal calificó la operación como “especulativa”, la sentencia no lo considera así porque ni por el Ayuntamiento ni por la Sociedad Montes de Las Navas “no ha existido ánimo de beneficiar a nadie”, sino de “obtener una ventaja económica inicial por la venta de la parcela y futura por la obtención de ingresos, o al menos genera la duda de la existencia de arbitrariedad”.
Esto lleva “claramente” a la absolución, “sobre todo debido a que el Ayuntamiento y Montes de Las Navas han obtenido siempre ventajas económicas”, como también que no se han visto perjudicados a pesar que no se llevó a cabo la urbanización, declarada ilegal en 2006 por el recurso de un vecino. “No han sido perjudicados”, pero además “han resultado muy beneficiados, lo que hace difuminar ese plus de antijuridicidad o de arbitrariedad” en la toma de decisiones.
Otro factor que se tiene en cuenta que nunca hubo votos en contra en las decisiones adoptadas, tanto en el Consistorio como en la sociedad pública, lo que esgrimió el regidor en el juicio.
Compra del término
El proceso empezó cuando en 2001 el Ayuntamiento decide adquirir a Unión Resinera casi todo el término municipal, para lo que planea financiarlo mediante una urbanización con 1.500 viviendas y dos campos de golf a través de la sociedad pública en la que entran a formar parte Diputación y Junta, que sería adjudicada al promotor murciano, que en la vista oral destacó que él había pagado y ahora no tenía nada.
El juez afirma que hubo legalidad en el procedimiento de adjudicación de los terrenos -un pinar protegido-, a pesar de las diferencias en la superficie medida, ya que se vendió por 215 hectáreas y luego resultó que fueron 192, asunto que también fue motivo de controversia en la vista oral: “es muy comprensible entender que si lo vendido no coincide con lo comprado, existiendo tanta diferencia de extensión, el precio se ha de reducir”, señala la sentencia, a pesar que indica que “habría sido más correcto efectuar una medición previa a la venta por ambas partes”.
Inocente
Tras conocer la sentencia, el alcalde Las Navas, Gerardo Pérez, ha dicho mostrarse “satisfecho” y considerarse “inocente desde el primer momento”, si bien ha comprendido que los ciudadanos pudieran albergar “dudas razonables” sobre el caso.
En declaraciones a la Cadena Ser, ha recordado que tras haber permanecido imputado durante seis años debe “agradecer” la confianza que sus vecinos depositaron en él eligiéndolo de nuevo alcalde en dos ocasiones. Ante un posible recurso ha manifestado que otra decisión “ya no sería lo mismo que ahora” tras haber sido declarado inocente.
El caso de la Ciudad del Golf fue dividido en cuatro piezas, de las que dos fueron archivadas. Una de las otras dos es la ahora juzgada, y la última podría ser motivo de juicio en la Audiencia de Valladolid. En ella se encuentran imputados cinco responsables y técnicos de Medio Ambiente.
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