Del Sábado, 06 de Septiembre de 2025 al Miércoles, 10 de Septiembre de 2025
La Consejería de Familia de ha sido condenada a indemnizar con 150.000 euros a una mujer de origen búlgaro y a sus dos hijas, que vivían en Ávila en 2016, por retirar la custodia a la mujer en contra de la voluntad de las niñas por una discusión por un móvil.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) considera que la retirada de la tutela a la madre fue "injustificada", según han informado desde la Fundación Raíces, que ha defendido a la familia, una madre soltera de origen búlgaro, que tuvo a las dos gemelas.
La mujer llegó a España hace más de dos décadas y tuvo a sus hijas en Madrid en el año 2003. 12 años después, en septiembre de 2015, solicitó la ayuda de los servicios sociales de Ávila, ya que era el lugar en el que trabajaba y vivía con sus hijas. Su objetivo era participar en un programa de intervención familiar que le ayudara a establecer con sus hijas una relación de parentalidad positiva.
Tras meses de normalidad, con visitas a la familia por parte de una orientadora familiar, una noche a finales de enero de 2016, tuvo lugar una discusión entre la madre y una de sus hijas por el uso del teléfono móvil, acabando con un forcejeo por el dispositivo.
Por indicación de la madre, las gemelas contaron lo sucedido en una de las sesiones que mantenían a solas con la persona de servicios sociales que intervenía cada semana con la familia.
Separación
A raíz de esta situación, el programa de intervención familiar quedó interrumpido y el 12 de abril de 2016, trabajadores sociales de la Consejería, junto a agentes de la Guardia Civil, acudieron al domicilio familiar sin aviso, ni notificación previa, notificando la resolución administrativa de la declaración de desamparo de las niñas.
Así, y en contra de la voluntad de las hermanas, que ahora ya no viven en Ávila, se las llevaron a un centro residencial de menores, situado a unos 80 kilómetros del domicilio familiar, lo que obligó a su madre durante un año a acudir a verlas una vez por semana, durante una hora.
El fallo del TSJCyL considera que la decisión de la Consejería de Familia fue adoptada sin constar "ninguna audiencia con la madre, ni se la pidió aclaración o explicación, ni tan siquiera se explicó nada a las menores". El alto tribunal considera que la actuación de la Junta fue “precipitada y desproporcionada".
Abulensis | Viernes, 10 de Febrero de 2023 a las 21:51:15 horas
Qué sangría de administración, ayudas y más ayudas, quejas, denuncias y ahora a pagar 150.000 del ala, tenemos una legislación en todo que da miedo, enseñanza, sanidad, orden público, luego a ver qué juez te toca.
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