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Los dos acusados sentados en el banquillo minutos antes de la celebración del juicio. Los hechos ocurrieron el 20 de julio de 2019, cuando un dispositivo operativo de la Guardia Civil dio el alto a un coche de forma rutinaria en el kilómetro 100 de la AP-6, a la altura de Sanchidrián. Fue entonces, cuando los agentes se dieron cuenta de que los paneles, tanto de las puertas como del maletero, no estaban “bien sujetos”. Tras el registro, “encontraron escondido en el piloto trasero izquierdo una bolsa de 120 gramos de cocaína”.
La sustancia, tal y como confesó el conductor del vehículo, estaba siendo transportada a un pueblo de Asturias “para entregársela a un tercero”.Tanto el conductor como el copiloto fueron acusados de un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud (artículo 368.1 del Código Penal).
Para ambos, la Fiscalía solicitaba una pena de cuatro años de prisión para cada uno de los acusados y una multa de 14.600 euros, así como una responsabilidad personal subsidiaria de un año de privación de libertad en caso de impago y la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho del sufragio pasivo durante la condena.
Copiloto absuelto
No obstante, “tras una nueva valoración de los hechos se ha podido tratar que efectivamente, tal y como se señaló en un principio por uno de los acusados”, el copiloto “no tenía conocimiento de que en el vehículo se estaba transportando dicha droga por un encargo”. Por ello, el Ministerio Fiscal ha considerado que esta persona “no tenía ninguna relación con la sustancia aprendida, ni tenía ninguna intervención en el delito que se le estaba implicando” y ha quedado absuelta del proceso.
En el caso del conductor, la Fiscalía y la defensa han llegado a un acuerdo de conformidad, que ha permitido reducir la petición inicial de la pena, teniendo en cuenta que el procesado “tiene diagnosticado un trastorno por consumo de cocaína”, gracias al cual, se le ha aplicado una “atenuante analógica” que permite bajar la pena por ese delito al mínimo que establece el Código Penal, es decir, a tres años de prisión.
Tras el acuerdo, el tribunal de la Audiencia Provincial ha dictado sentencia, absolviendo al copiloto de los hechos de los que se imputaban y condenando al conductor a tres años de prisión y una multa de 7.300 euros con un mes de responsabilidad civil subsidiaria en caso de impago, así como la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo y el pago de las costas procesales.
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