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Hospital Nuestra Señora de Sonsoles.En Castilla y León se han registrado 415 solicitudes de objeción de conciencia: además de los 13 de Ávila, 39 de Burgos, 29 de León, 23 de Palencia, 150 de Salamanca, 15 de Segovia, dos de Soria, 110 de Valladolid y seis de Zamora. A ello se añaden 28 solicitudes de personal sanitario que trabaja en centros privados o en centros que no pertenecen a la Gerencia regional de Salud.
Son objetivos específicos del decreto la creación de un registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a realizar la prestación de ayuda a morir, en cumplimiento del artículo 16.2 de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, que además permitirá a la administración sanitaria disponer de la información necesaria para garantizar la gestión adecuada de la prestación.
La norma regula el ámbito de aplicación, que alcanza a todos los profesionales sanitarios directamente implicados en la prestación de ayuda para morir, es decir, que realicen el acto médico para la eutanasia o las prestaciones y auxilios asistenciales necesarios, y que ejerzan en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, independientemente de la naturaleza o duración de su relación laboral y del centro en el que desempeñen su trabajo, público, privado o concertado.
Registro electrónico
También se establece el procedimiento de inscripción, de manera que el registro será electrónico, único para toda la Comunidad, no es público y se encuentra adscrito a la Dirección General de Salud Pública. Su finalidad será inscribir las declaraciones y revocaciones de objeción de conciencia, así como facilitar la información necesaria a la administración sanitaria para garantizar la gestión de la prestación.
Se regula también el derecho de acceso al registro, que podrá producirse por el propio interesado, por los gerentes de Asistencia Sanitaria, Atención Primaria y Atención Especializada de Sacyl en el ámbito público o por los directores de la actividad asistencial de los centros privados.
El decreto sistematiza la confidencialidad de los datos del registro, que sólo podrán usarse para fines organizativos, de archivo, estadísticos o científicos, y se garantiza el cumplimiento de la normativa de protección de datos en relación con las personas inscritas en el registro.
Además, la Dirección General de Salud Pública ha puesto a disposición de los profesionales interesados un formulario para realizar la declaración de objeción de conciencia, que se encuentra disponible en el Portal de Salud de la Junta de Castilla y León.
Oficina en Ávila de Caja Rural de Salamanca
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Uno. | Sábado, 12 de Marzo de 2022 a las 09:31:19 horas
Y claro la objeción consiste en no realizar el trabajo para que una ley en vigor se cumpla, vamos que ser objeto no se penaliza con el cumplimiento de otro tipo de servicios que otro facultativos rechacen .
Si hacen uso de la objeción legal, también tendrían que realizar prestaciones sustitutivas que se rechacen por otros compañeros,como en su día tuvimos que sufrir la presentación social sustitutiva con 13meses en lugar de 9,y con la retirada del vale para ropa como castigo de la administración del PP con Aznar,todo muy democrático e igualitario en género, también con los Socialistas en campaña y señores de derecha cuando gobiernan,pero vamos que con el aborto ídem. que un trabajador decida si hace o no un trabajo sólo tendría que depender de otros condicionantes que no son sus conceptos personales sobre una ley que garantiza derechos ajenos a su persona.
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