Del Sábado, 06 de Septiembre de 2025 al Miércoles, 10 de Septiembre de 2025
La Audiencia Provincial de Ávila ha celebrado un juicio oral por un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud, previsto y penado en el artículo 368 del Código Penal.
Los hechos ocurrieron julio de 2019 en la capital abulense, cuando varios agentes de la Policía interceptaban a un ciudadano de Ávila con 19 pastillas de MDMA, una droga popularmente conocida como éxtasis. La cantidad sustraída rondaba los cuatro gramos y de principio psicoactivo tenía un 23% de pureza, en consecuencia, con ello, se ha estimado que era aplicable el párrafo segundo del artículo 368 del Código Penal, que prevé una reducción del grado.
La acusación pública solicitaba una pena de tres años de prisión y una multa de 500 euros, con responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago de la sanción de 30 días de privación de libertad, así como la carencia del derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y las costas procesales. Sin embargo, tras un acuerdo con la defensa del acusado, el ministerio fiscal lo ha rebajado a un año y seis meses de cárcel y 193 euros de multa.
Esta solicitud se debe a que “las circunstancias personales del autor lo aconsejan”, según ha señalado el fiscal, Javier Rojo, que ha asegurado que se trata de una persona “reinsertada en la sociedad y que no ha cometido ningún delito desde entonces”.
“Me disculpo. Estoy muy arrepentido de todo”, afirmaba el acusado durante la celebración del juicio oral, que ahora deberá de cumplir con la ley durante un periodo de dos años para no entrar en prisión, aunque la última palabra la tienen los magistrados de la Audiencia Provincial, que deberán deliberar si conceden o no la suspensión de la pena de un año y seis meses de prisión y la multa de 193 euros.
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