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El fallo de la sentencia, que se ha conocido horas después del juicio, celebrado este miércoles, absuelve al vecino de El Hoyo de Pinares acusado de un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud, previsto y penado en el artículo 368 Código Penal. Por esta razón, la Fiscalía ha pedido cuatro años de cárcel para el acusado, quién, durante el juicio, en el que también declararon varios agentes de la Guardia Civil, ha asegurado la droga incautada era de "consumo propio".
Los hechos tuvieron lugar el 3 de junio de 2017 en El Hoyo de Pinares, cuando el acusado salía de su domicilio “muy alterado y en un estado agresivo” con un palo de la mano, mientras gritaba que “no se iban a reír de él, que los iba a partir la cara”, sin que se encontrará nadie en el exterior de su vivienda. Fue entonces, cuando una llamada avisaría a la Guardia Civil del suceso y varios agentes se desplazaron hasta la zona donde se encontraba el acusado.
Durante el juicio, uno de los agentes ha asegurado que “se le pusieron los grilletes por seguridad y se procedió al cacheo superficial, siendo halladas en el bolsillo izquierdo del pantalón las 15 bolsas”, que posteriormente se determinó que era cocaína.
Inocente
Durante su declaración, el acusado se declaró inocente y negó que la droga incautada estuviera preparada para la venta, ya que se trataba de uso propio. “Venía de comprarlas a un chico del pueblo”, ha explicado, mientras que ha asegurado que los 8,3 gramos valorados en 335,02 euros en el mercado “eran para una semana”.
Según la Fiscalía., a droga estaba “lista para ser distribuida”, ya que se encontraban en pequeñas bolsas individuales, siendo “la forma idónea y habitual para su venta”. Por esta razón, el fiscal ha pedido cuatro años de cárcel para el acusado. Sin embargo, la acusación particular defendió que la droga hallada era de “consumo propio”.
“Lo había comprado en las horas previas al ser detenido”, puntualizó el abogado, quien señaló que dicha droga estaba “dentro de la sustancia para satisfacer el consumo de cinco días” y que no existía prueba alguna de que el procesado fuera a distribuirla: “En el momento de la detención no sé encontró dinero y la droga no se encontraba escondida, sino en el bolsillo delantero del pantalón”, explicó.
Además, el análisis del teléfono móvil del acusado “no mostró ningún dato relevante”, que hiciera pensar que la droga incautada estuviera preparada para su venta a terceros.
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