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Bankia ha planteado que el caso no debe tramitarse como juicio verbal, como estaba previsto, sino que debe ser un procedimiento ordinario, por lo que el titular del Juzgado de Primera Instancia número 2 ha decidido suspender la vista.
El caso fue denunciado por la UCE, porque cuando Bankia integró a Caja de Ávila, encareció unilateralmente las comisiones de administración, custodia y cancelación de las libretas y cuentas de ahorro, además de reducir a cero y redujo a cero los intereses acreedores que percibe un cliente por el saldo de sus cuentas.
UCE pidió en una demanda la acción de cesación, para declarar nula una cláusula considerada abusiva, pero la propia declaración de nulidad no supone la devolución de las cantidades cobradas indebidamente, por lo que luego añadieron otra para pedir la devolución de las cantidades cobradas indebidamente.
El abogado de los demandantes, Juan Ángel Martínez, se produce una “situación procesal compleja” de acumulación de acciones, que ahora deberá resolver el juez, de forma que si magistrado cree que la acumulación de acciones no es factible, tendría que tramitarse la devolución en un procedimiento distinto.
La “excepción” relacionada con la devolución de las cantidades cobradas ha sido lo que ha llevado a Bankia a plantear que se trata de un procedimiento inadecuado, ya que consideran que no se puede tramitar en un juicio verbal sino en un procedimiento ordinario.
Alegaciones
A partir de ahora, tanto el banco como la asociación tienen que redactar sus alegaciones en el plazo de 15 días para que el magistrado decida.
El abogado de los demandantes ha recordado que las cantidades que podrían haberse cobrado indebidamente en los dos últimos años “no son significativas” para cada cliente, pero sí si suman las de todos los afectados.
La vista oral prevista para este jueves se había aplazado ya en tres ocasiones.
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Melero | Viernes, 21 de Junio de 2013 a las 10:55:41 horas
Bien por la UCE, a la que tienen miedo los banqueros chapuceros.
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