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Mascarilla abandonada en la calle. En el turno de ruegos y preguntas del pleno, el portavoz socialista Pedro Muñoz ha citado el Decreto-Ley 10/2020, de 22 de octubre, de medidas urgentes para reforzar el control y sanción de las medidas de prevención y contención sanitarias para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19. Y en esta norma se interpreta que la Consejería de Sanidad, al otorgar a la Diputación la “atribución expresa” de los pueblos menores de 1.000 habitantes, demuestra que “está bien hecho” el informe que redactaron los servicios técnicos de la institución, en el sentido de que los ayuntamientos carecen de competencia para gestionar expedientes e imponer sanciones por incumplir la obligación de llevar mascarilla.
Dicho informe se realizó tras conocerse que la Junta remitió a los ayuntamientos, para su tramitación, las denuncias formuladas por la Guardia Civil en sus términos municipales y relativas a incumplimientos de la normativa sobre prevención del coronavirus.
Según ha manifestado Muñoz, en el Decreto-Ley 10/2020, de 22 de octubre, publicado recientemente en el Boletín Oficial de Castilla y León, “todavía existen lagunas” por cuanto no es lógico que una administración superior, la Junta de Castilla y León, encomiende una función a una administración inferior, las entidades locales, sin dotar a éstas de los medios necesarios, lo que motiva que la atribución requerida sea “difícilmente asumible”.
En concreto, el portavoz del PSOE se ha referido a la modificación del Decreto-Ley 7/2020 de 23 de julio, por el que se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 en la Comunidad de Castilla y León.
Solicitud de los ayuntamientos
La citada modificación establece que “las diputaciones provinciales, a solicitud de los ayuntamientos menores de 20.000 habitantes que carezcan de los recursos personales precisos para la tramitación de los procedimientos sancionadores, entendiéndose por tales a estos efectos aquellos de mil habitantes o menos, les prestarán la asistencia jurídica y técnica necesaria, y sin perjuicio de poder darles soporte mediante la realización de las actividades de gestión cuando aquellos se las encomienden”.
A juicio de Muñoz, si la Diputación va a establecer un servicio que coordine la tramitación de los expedientes y sanciones de los municipios de menos de 1.000 habitantes, también debería encargarse de aquellos de más de 1.000 habitantes que así lo soliciten, determinando que el importe de las multas habría de ingresarse en las arcas de la institución provincial, por cuanto sería la Administración encomendada de su diligencia.
La respuesta del presidente de la Diputación, Carlos García, al ruego del portavoz socialista es que el asunto será estudiado en la próxima Junta de Portavoces.
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