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Edificio de los juzgados de Ávila. Una sentencia del Juzgado de lo Social de Ávila ha reconocido al docente, para el cómputo en su jubilación, el tiempo trabajado antes de la transferencia de las competencias educativas a a Junta, según ha dado a conocer el sindicato Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales (Apprece).
Han recordado que cuando se produjo la transferencia de competencias en 2000 de Estado a Castilla y León, muchos los profesores de Religión que habían trabajado para la Administración y teñían reconocidos sus servicios por el Ministerio de Educación Cultura y Formación Profesional, cuando llegan a la jubilación ven como “aquellos años no se les ha tenido en cuenta para su pensión". Se debe a la falta de de cotizaciones por parte del estado provocado por “los vaivenes jurídicos que la relación Administración-profesorado de Religión ha ido sufriendo a lo largo del tiempo".
El sindicato destaca que ahora un profesor jubilado, que había trabajado desde 1986, se le reconoce para la jubilación el período desde ese año y 1999.
El cómputo de estos años supone un incremento en la cuantía de la jubilación, el reconocimiento judicial de los años trabajados, y se hace responsable al ministerio del pago de la jubilación por la parte proporcional a esos años no cotizados ni tenidos en cuenta inicialmente.
El sindicato señala que la sentencia "abre las puertas" a todos los profesores de Religión de Primaria que vean minoradas sus pensiones de jubilación al no tener en cuenta los periodos trabajados antes del año 1999, y espera que esos períodos comiencen a tenerse en cuenta "de oficio" por la Administración "sin la necesidad de seguir judicializándolo”.
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