Del Viernes, 10 de Octubre de 2025 al Lunes, 20 de Octubre de 2025
El Ayuntamiento de Ávila adaptará la línea de ayudas para el fomento del empleo estable a las circunstancias derivadas de la Covid-19, teniendo en cuenta que los beneficiarios se han visto afectados por los efectos de la declaración del estado de alarma del Gobierno y la situación de emergencia del Consistorio.
Estas circunstancias han sido analizadas en el seno de la Comisión de Empleo, Industria, Comercio y Turismo, que ha aprobado la modificación "con carácter excepcional" de la convocatoria de esta línea de ayudas de los tres últimos ejercicios -2017, 2018 y 2019- respecto a las condiciones de justificación y cumplimiento.
Si la empresa o entidad beneficiaria de las ayudas aplique un ERTE al trabajador subvencionado debido a la situación de emergencia, el Ayuntamiento "paralizará el cómputo del plazo de 24 meses establecido en las bases de mantenimiento del empleo, mientras dure la suspensión temporal del contrato, siempre y cuando el trabajador se reincorpore a su puesto".
Si la jornada de trabajo inicialmente subvencionada se redujera por la situación de emergencia, se entenderá que son "causas ajenas a la voluntad de la entidad contratante", lo que no dará lugar a la devolución de la subvención.
Todo ello, "siempre que la empresa comunique la incidencia al Ayuntamiento en el plazo de un mes y restablezca la jornada del trabajador inicialmente subvencionada lo antes posible, desde que finalice la situación de emergencia".
Al igual que en el caso anterior, en este se paralizará el cómputo del plazo de 24 meses de mantenimiento del empleo, mientras dure la reducción de la jornada realizada.
La adaptación a las circunstancias derivadas de la pandemia también incluye un tercer supuesto, que afecta a los casos en los que antes de completar el periodo de 24 meses de mantenimiento del empleo estable creado, se extinga el contrato de trabajo.
En este caso, se ampliará el plazo máximo de sustitución del trabajo subvencionado de 2 a 9 meses, ya que la entidad beneficiaria "deberá contratar a otro trabajador que cumpla los mismos requisitos establecidos en las bases y en la convocatoria para el empleado inicial, por el periodo que, sumado al del anterior contrato, complete como mínimo los 24 meses".
Esta contratación deberá realizarse por un periodo máximo de nueve meses desde la fecha de la baja del trabajador inicialmente contratado, con la posibilidad de ampliar este plazo un mes, si la entidad beneficiaria acredita que ha tenido dificultad para contratar a otro trabajador.
Programa de formación
Por otra parte, se ha aprobado la propuesta de solicitud de una acción del Programa Mmixto de Formación y Empleo en Castilla y León, dirigido a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil para el Ejercicio 2020-2021, denominado 'Ávila Jovenactiva'.
El programa, de seis meses de duración y en el que participarán doce alumnos, se centrará en instalaciones deportivas y ocio y tiempo libre y constará de un itinerario formativo estructurado en dos certificados de profesionalidad complementarios: Operaciones auxiliares en la organización de actividades y funcionamiento de instalaciones deportivas y Dinamización de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil.
Además, dentro del Área de Turismo, en la comisión informativa se ha acordado suspender las actuaciones de la segunda edición de Folklore Abulense, que lleva actuaciones con grupos folklóricos abulenses a diferentes espacios de la ciudad, previstas este 2020 y su desarrollo en 2021.
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