Del Sábado, 06 de Septiembre de 2025 al Miércoles, 10 de Septiembre de 2025

El Consejo de Gobierno de la Junta ha aprobado el plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 en la Comunidad de Castilla y León, que incluye la reducción de los aforos al 50%, limitaciones en los entierros, autorización para instalar terrazas en los pubs y obligación de las mascarillas en las piscinas.
La normativa, que entrará en vigor a las 12 de la noche del viernes, limita los aforos permitidos en las distintas actividades, que se reduce del 75 al 50%, lo que también se extiende a entierros, bodas y otras celebraciones, donde la ocupación será de un máximo de 150 personas al aire libre y de 100 en lugares cerrados.
Sobre el ocio nocturno, el plan añade al cierre de discotecas, salas de baile y bares de copas a todos los establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas, aunque estos establecimientos podrán abrir terrazas al aire libre como otros establecimientos de hostelería.
Los bares y restaurantes tendrán un aforo máximo del 50% en barra, y del 75% en mesa, sin que se pueda superar el 75% del aforo en los establecimientos de hasta 40 comensales y del 50% en los de más de 40 personas.
El aforo máximo se mantiene en el 80% en las terrazas al aire libre. El plan prohíbe cualquier actividad de restauración de pie como actividad de elevado riesgo de transmisión comunitaria.
Por otra parte se ha acordado el cierre de las peñas como posibles focos de contagio y ante las dificultades de seguimiento y control de las personas que han acudido a ellas ante casos confirmados o brotes. Los establecimientos y locales de juego y las atracciones de feria tendrán como horario de cierre la 1 de la madrugada, el mismo horario máximo de apertura para hostelería y restauración.
El plan también no permite celebrar ningún evento no regulado, sin autorización expresa, que pueda constituir un evento multitudinario por concentrar una aglomeración de personas que comprometa cumplir la distancia de seguridad, tanto para espacios cerrados como al aire libre.
En el sector del transporte se señala como medida preventiva evitar en lo posible los contactos entre conductores y l personal de las empresas cargadoras, logísticas y de transporte de mercancías, así como la prohibición de consumir alimentos en el transporte público de viajeros en trayectos de duración inferior a dos horas.
También se expone la necesidad de dar servicio preferente a las personas mayores de 65 años en determinados establecimientos y actividades de servicios profesionales. En el caso de actos taurinos se prohíbe el consumo de alimentos y asegurar la salida del público de las instalaciones de una forma escalonada. EL DOCUMENTO PUEDE DESCARGARSE MÁS ABAJO.
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