Los delitos que han motivado estas actuaciones consisten en la circulación a velocidad superior en 80 kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente. El primer investigado fue detectado el martes cuando circulaba a 235 kilómetros por hora en la autopista AP-51 (Villacastín-Ávila), donde el límite de velocidad es de 120 kilómetros hora.
Por otra parte, el miércoles fue detectado un vehículo cuando iba a 191 kilómetros por hora en la carretera N-601 (Madrid-Gijón), en una vía donde la limitación genérica es de 90 kilómetros por hora.
El Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT) del Subsector de Tráfico de Ávila investigan a ambos conductores, y han trasladado los hechos a la autoridad judicial y al ministerio fiscal.
Desde la Guardia Civil se ha llamado la atención de que un alto porcentaje de los accidentes de circulación tiene como causa directa la velocidad, excesiva o inadecuada, por eso los controles en las carreteras, tanto en los tramos que presentan un especial riesgo de accidentes como en los que generan peligros para las personas o resto de los usuarios.
También ha recordado que el Código Penal, en su artículo 379, establece que "el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en 60 kilómetros por hora en vía urbana o en 80 kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.
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