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DOMINGO MALZONI | Domingo, 12 de Julio de 2020 a las 05:31:38 horas
(NUEVO SISTEMA DE VIDA) requiere controlar normativas.
¿POR QUÉ POLICÍA LOCAL SE NIEGA A CORREGIR Y
APLICAR EXPEDIENTE DE MULTA POR EL Art. 90?
Del Reglamento de Circulación en su art. 90.
Se trata de un articulo recogido en el reglamento de Circulación establecido en las normativas de obligaciones a los conductores por la D.G.T. y de obligado control y exigencias a ser respetadas por el art. 90 con una sanción que oscila en los 100 €.
(SE TRATA DE LA PROHIBICIÓN DE APARCAR EN SENTIDO CONTRARIO AL DE LA MARCHA)
Esta infracción en Ávila es como casi todo, en materia de infracciones de trafico, estamos
sometido al sentido común de cada agente de policía local, y hasta se puede entender de
estamos catalogados como ciudadanos de primera o de segunda, dependiendo del amiguismo o ciudadanos perseguido para encontrarle alguna irregularidad día y noche.
YO Domingo Malzoni, tengo conocimiento de que hace poco tiempo un señor subinspector
comprometido con el ordenamiento en nuestro trafico, trato de imponer la corrección de esta infracción y fue negada su ejecución por una parte de policías locales de Ávila
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