Del Viernes, 13 de Febrero de 2026 al Miércoles, 18 de Febrero de 2026
La Cámara de Comercio y el Colegio de Abogados han firmado un acuerdo para ofrecer mediación en procesos mercantiles y civiles, que evite el litigio y suponga un ahorro de tiempo y dinero.
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Se trata de “una vía alternativa a la judicial para conseguir un ahorro económico y de tiempo para las empresas”, según ha indicado el presidente de la entidad cameral, José Manuel Izquierdo.
Gracias a la mediación, las partes en conflicto podrán alcanzar un acuerdo con la intervención de un mediador.
La cámara abulense ofrece este servicio desde el año pasado con el apoyo de abogados especialistas, pero ahora se pondrá en marcha un curso específico para formar mediadores.
La mediación supone “una solución práctica, efectiva y rentable” ante un litigio, además de que resulta más fácil que las empresas sigan colaborando después entre ellas.
Según el decano del Colegio de Abogados, el legislador ha querido “dar otra oportunidad a que la conflictividad judicial tenga otro enfoque con una salida viable, en un momento en el que la Justicia está teniendo un conflicto importante”.
La figura del mediador supondrá, junto a mayor agilidad, que se reduzcan los casos en los juzgados, de acuerdo al desarrollo del acuerdo entre el Consejo General del Poder Judicial, a través del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, y el Consejo de Cámaras de Comercio.





MEDIADOR | Sábado, 20 de Abril de 2013 a las 21:01:12 horas
La Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, deriva de una directiva de la UE. La figura del mediador ya es conocida en paises Europeos de nuestro entorno, ademas existe ya la AEPJMA (Asociación Española de Peritos Judiciales y Mediadores Arbitrales, a la que pertenecemos algunos letrados de Ávila y Provincia.
Se trata de un instrumento rápido, económico y eficaz.
Rápido en comparación con las alternativas jurisdiccionales.
Económico, ya que el mediador es el único profesional que interviene.
Eficaz, ya que, al ser la partes las que deciden la solución al conflicto, se reducen los
problemas para el cumplimiento de la resolución acordada.
Se trata de un instrumento favorecedor de la cooperación.
Porque ofrece una concepción positiva del conflicto.
Porque favorece la comunicación, porque constituye un espacio neutral y privado.
Porque potencia la participación de las partes, que asumen su responsabilidad
Se trata de un instrumento con efectos ad futurum.
Porque produce una disminución de litigios en beneficio de la administración de justicia.
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